Concejales de Oberá dan marco legal a incubadora de empresas

Como en otras oportunidades, el Concejo Deliberante de esta ciudad, se pone a la vanguardia nacional con la sanción de ordenanzas que posicionan a Oberá como uno de los centros modernos en cuanto a implementación de políticas de preservación y desarrollo a largo plazo.

 

En esta ocasión,  los ediles acompañaron un proyecto del Concejal Roberto Gutawski que a través de una ordenanza creó el modelo municipal de promoción para la creación y desarrollo de incubadoras de empresas, parques y polos tecnológicos y/o innovadores, siendo Oberá un municipio pionero en la materia a nivel país.

 

 

 

El objeto de la ordenanza es promover la creación y desarrollo de la incubación de nuevas empresas de base tecnológicas, productivas y/o innovadoras, de parques y polos tecnológicos en todo el ejido municipal, dejando al Departamento Ejecutivo Municipal la reglamentación de la misma.

 

 

 

Qué es una incubadora de empresas

 

En la mencionada norma se entiende  por “incubadoras de empresas de base tecnológica, productiva y/o innovadora” a las estructuras organizacionales, que cuenten con espacios físicos adecuados que les permitan promover y generar emprendimientos productivos que incorporen nuevas tecnologías, brindando respaldo para su formación y crecimiento, vinculándose con una o varias áreas académicas o de investigación y desarrollo que aporten servicios científico-tecnológicos especializados y de gestión y que permitan el acceso a instrumentos de promoción y fomento.

 

Se establece además que las incubadoras podrán albergar actividades empresariales o industriales en etapa de diseño, prototipos, e inicio formal de producción o servicios al cual se agreguen la asistencia técnica y el acompañamiento necesario para llegar a constituirse en empresa orientada a crear y desarrollar actividades independientes e innovadoras.

 

 

 

Que es una empresa

 

La norma también define que “empresas de base tecnológica, productiva y/o innovadora” son aquellas que tienen por objeto:

 

El diseño, desarrollo y elaboración de nuevos productos y/o servicios o de los procesos innovadores de producción a través de la aplicación sistemática de conocimientos técnicos y científicos.

Generar productos, procesos o servicios a partir de resultados de investigaciones aplicadas y en las cuales la tecnología representa un alto valor agregado.

Las que vinculadas a sectores tradicionales de la economía quieran agregar valor a sus productos, procesos o servicios por medio de un incremento de la aplicación de nueva tecnología.

Aquellos proyectos de base productiva que sean desarrollados bajo la supervisión de expertos de una incubadora vinculada a una universidad pública o privada

Parque tecnologico

 

Son “parques tecnológicos” aquellos que se constituyen  por medio de proyectos, cuyo objetivo básico es favorecer el incremento de la competitividad del conjunto de empresas afincadas en una misma área territorial, mediante la generación y transferencia de conocimiento y tecnología a partir de los vínculos contraídos con una universidad, centro de investigación u otro organismo de promoción de las actividades científicas, tecnológicas y/o de innovación productiva, gestionados por un equipo humano especializado que brinde servicios comunes de asesoramiento, vinculación, infraestructura y administración.

 

Los parques podrán albergar y dar apoyo a incubadoras de empresas y brindar sus servicios a empresas localizadas fuera de su predio.

 

 

 

 

 

Polos tecnológicos

 

Se caracteriza como “polos tecnológicos” a aquellas estructuras que reúnan centros de excelencia y empresas en un territorio determinado, sin compartir un predio común, con el objetivo de producir sinergia entre el sector productivo y el de ciencia y tecnología que otorguen mayor competitividad al tejido industrial y/o de servicios, gestionados por un equipo humano especializado que brinda prestaciones comunes de asesoramiento, vinculación y transferencia de tecnología entre otros.

 

 

 

Funciones de las incubadoras y los parques

 

Por otra parte, los ediles coincidieron en señalar que las funciones que suministrarán las “incubadoras de empresas” a los fines que se radiquen en su establecimiento las empresas son, Apoyo y asistencia en Ciencia y Tecnología, Gerenciamiento, Asesoramiento Jurídico, Económico y Financiero, Formación en sistemas de comercialización y marketing, Capacitación específica en las diferentes áreas de acuerdo a las necesidades de las empresas, Provisión de servicios comunes de recepción, secretaría, teléfono, fax entre otros, Utilización de instalaciones y/o servicios de la incubadora por un plazo máximo establecido no mayor a tres años y la disposición de módulos empresariales de una superficie adecuada para el desarrollo de la actividad.

 

Asimismo, entre las funciones de los parques tecnológicos se destacan, proveer el predio para el afincamiento de la infraestructura empresarial, brindar los servicios de luz, agua, gas y comunicaciones necesarios para el funcionamiento de las empresas afincadas y brindar los servicios a cargo de un organismo de gestión que impulse la transferencia de tecnología y conocimiento entre las empresas usuarias del parque y las universidades, centros de investigación u otros organismos de promoción de las actividades científicas, tecnológicas y/o de innovación productiva.

 

 

 

Beneficiarios

 

Serán beneficiarios de la ordenanza sancionada por los ediles, las entidades de derecho público o privado que lleven adelante la creación o el desarrollo de una incubadora, un parque o un polo tecnológico, las incubadoras, parques y polos tecnológicos ya constituidos en el territorio provincial y decidan radicarse en el ámbito territorial del municipio, las empresas a radicarse en un parque o polo tecnológico, las empresas ya constituidas que incuben un nuevo emprendimiento en una incubadora de empresas, los emprendedores con un proyecto de creación de nueva empresa o emprendimiento a desarrollar en una incubadora de empresas, los emprendedores con un proyecto de creación de nueva empresa o emprendimiento a consolidar en una incubadora,  que devenidos de grandes empresas, cuentan con el permiso de las mismas para ello, los emprendedores con un proyecto de creación de nueva empresa o emprendimiento a desarrollar  en una incubadora, que provengan de institutos,  universidades o centros de investigación y desarrollo privado o público.

 

 

 

Registro municipal

 

La misma ordenanza crea el Registro Municipal de Promoción de Incubadoras de empresas, Parques y Polos tecnológicos y/o innovadores, a efectos de la inscripción de los proyectos aprobados por la Autoridad de Aplicación y el Fondo para la Promoción de Incubadoras, Parques y Polos tecnológicos y/o innovadores destinado a financiar los gastos que estén directamente relacionados con infraestructura, equipamientos, planificación, gestión, asistencia, formación, transferencia de tecnología y promoción, entre otros.

 

Este fondo estará  integrado por los recursos que anualmente se asignen a través de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional y puedan ser logrados por gestión municipal, por los fondos no reintegrables provistos por organismos multilaterales, gobiernos extranjeros u organizaciones no gubernamentales, las líneas de créditos, subsidios u otras formas de asistencia financiera, económica o técnica, aquellos que puedan obtenerse por gestión desde organismos provinciales, y los fondos que eventualmente sean asignados por la Ordenanza Anual de Presupuesto de la Municipalidad

 

En tanto que la Autoridad de Aplicación de esta Ordenanza, será la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Vinculación y Desarrollo y/o la que se corresponda en atribuciones de la Municipalidad.

 

En tanto en este mismo marco se creó el Comité Consultivo para la Promoción de Incubadoras, Parques y Polos tecnológicos y/o innovadores, cuya función será la de actuar como asesor de la Autoridad de Aplicación.

 

El Comité estará  integrado por un (1) representante de la Facultad de Ingeniería de la Unam, Un representante de la Facultad de Artes de la Unam, Un representante de la Universidad Gastón Dachary un Representante de la Cámara de Industria y Comercio de la Ciudad de Oberá, Un representante del INTA, un representante de la Incubadora de Empresas de la Unam, Un representante de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá y un representante del Parque Tecnológico Misiones, siendo la actuación de sus miembros ad-honorem  y siendo sus dictámenes vinculantes en lo relativo a la selección, permanencia y egreso de empresas y empresarios de las Incubadoras, Parques y Polos.

 

De las reuniones podrán participar además, representantes de organismos y reparticiones provinciales conforme a la temática a ser analizada.

 

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