Recuerdan a empleadores que deben abonar salario doble y franco compensatorio

El Subsecretario de Trabajo de la provincia, Jorge Guido Valenzuela, recordó a los comercios que abrieron sus puertas el pasado 26 de septiembre, Día del Trabajador Mercantil, que deberán cumplir con la normativa vigente que establece el pago de salario doble por dicha jornada y franco compensatorio. De lo contrario quedarán sujetos a sanciones por parte del organismo laboral.

Desde la Subsecretaría se puntualizó que el feriado para los trabajadores de la actividad mercantil del día 26 de septiembre está acordado por la normativa vigente, es decir  los artículos 1 y 2 de la Ley 26541 y la naturaleza de dicho feriado que impone como primer medida la no obligación de prestar servicio dicho día para los trabajadores de comercio.

 

La norma determina que si prestaran servicios los empleados tendrán derecho al cobro de salario doble por dicho día y el respectivo franco compensatorio. En ese sentido Valenzuela destacó que el Ministerio de Trabajo y Empleo de la provincia constató por medio de su cuerpo de inspectores, comercios donde se laboró en dicho día feriado para la actividad.

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