El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recordó que está vigente la Resolución 37/2007 que establece la prohibición total de cosecha y secanza durante los meses de octubre y noviembre, y limita las mismas actividades para el período comprendido entre el 1º de diciembre y el 31 de marzo.
Para el caso específico de este último período, los secaderos que pretenden realizar tareas deberán solicitar la autorización correspondiente al INYM, con una anticipación mínima de diez días hábiles.
Todos aquellos secaderos que sequen materia prima durante los meses de octubre y noviembre, o que no soliciten la autorización para el periodo diciembre – marzo serán sancionados con la clausura, sin perjuicio de ser pasibles de otras sanciones conjuntas previstas en la Ley 25.564.
La mencionada Resolución comenzó a instrumentarse en el 2007 con el objetivo de formalizar una situación que habitualmente se manifiesta durante los meses de octubre y noviembre: el volumen de cosecha es mínimo, debido a que coincide con el ciclo natural de brotación de la planta de “Ilex paraguariensis”.
Al momento de emitir la normativa, el INYM tuvo en cuenta los siguientes aspectos técnicos:
Respecto a la planta:
a) La planta de yerba mate, en condiciones normales de suelo, emite brotación abundante cuando se dan parámetros de temperatura, humedad ambiente y fotoluminosidad. Estos tres aspectos se presentan a partir del mes de octubre y continúan hasta el mes de abril aproximadamente, con periodos de más o menos intensidad.
b) Esta etapa genera una actividad de movimiento de savia extraordinaria desde las raíces a los puntos de brotación, tornándose las ramas y hojas tiernas, en tejidos de abundante masa líquida que pueden ser destruidos fácilmente por acción de la las altas temperatura de los secaderos.
c) La eliminación de estas ramas y hojas tiernas, acarrean un perjuicio a la planta, desde el punto de vista fisiológico, al cortarse abruptamente el ciclo natural de gestación de nuevas hojas y ramas, que repercute en una irregular brotación a futuro y daños irreversibles en la estructura de la planta.
d) Desde el punto de vista financiero, lo que se extrae en forma incipiente es la futura cosecha de hojas del próximo año.
Respecto a la yerba mate canchada :
a) La yerba mate canchada es un producto heterogéneo, compuesto por hojas, palos deshidratados y polvo, el cual debe tener parámetros de color, humedad, aroma y sabor adecuados.
b) La deshidratación en el secadero de hojas con distintos grados de maduración, provoca la aparición en la yerba canchada de tejidos quemados conocidos como “puntos negros”, que producen un desmejoramiento en la calidad del producto desde el punto de vista del color, sabor y aroma.
c) Desde el punto de vista financiero, el porcentaje de rendimiento de los secaderos ( conversión de verde a seco), disminuye en forma notable al perderse como vapor, gran parte del material verde brotado.