El diputado Gruber precisa acerca de la ley que contempla la reinserción laboral de las víctimas de trata

La presente ley fue presentada por el diputado Gilberto Gruber (FR), cuyo contenido principal tiene como objetivo la reinserción laboral de las víctimas de Trata de Personas, mayores de edad. La medida prevé su aplicación de carácter obligatorio.

El diputado Gruber señaló la importancia de esta ley que pretende  brindar a la víctima su inmediata reinserción laboral, como una manera de institucionalizar en forma coordinada con los diversos organismos del Estado, que hasta el momento ayudan con alojamiento, asistencia médica, atención psicológica, asesoramiento jurídico, provisión de documentación, condiciones de seguridad, retorno voluntario y asistido.

Si bien estas asistencias son fundamentales, pero no alcanza dijo el diputado y señaló que «es con el trabajo que estas personas van encontrar algo de alivio a esa desdicha muy lamentable que les tocó vivir».  El propósito de esta ley, dijo el legislador, «es que la víctima rescatada se sienta muy capaz de ser económicamente autosuficiente en su nueva vida».

El diputado renovador espera contar con «el buen ánimo de los municipios en colaborar con esta norma, ver las ofertas laborales que ellos detecten en sus zonas y enfrentar de manera conjunta con todos los sectores de la sociedad».

Carácter obligatorio

La presente ley tiene por objeto general establecer con carácter obligatorio, la capacitación para la reinserción laboral de las víctimas de Trata de Personas, mayores de edad, que sean rescatadas de esa condición.

La ley  tiene como objetivos específicos dar coordinación institucional a la configuración de la oferta y acreditación de los cursos, cuando destinados a estas personas. Organizar la oferta a la que accederán las beneficiarias conforme a la demanda del mercado laboral; promover la participación de los distintos organismos, diversas ramas de la producción y municipios en la reinserción laboral de las víctimas.

Se pretende que la víctima rescatada se sienta muy capaz de ser económicamente autosuficiente en su nueva vida. Promover la participación de los distintos organismos, diversas ramas de la producción y municipios en la reinserción laboral de las víctimas. Crear una oficina específica en el ámbito de la subsecretaria de Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Derechos Humanos.

La trata de personas, tanto en mayores como en menores es un delito en sus diversas modalidades produce un alto porcentaje de ganancias. Esta agresión comprende las acciones contra la actividad sexual, privación de la libertad individual, reducción de la servidumbre, trabajo forzado con fines de explotación.

Son varios los caminos de intentar encontrar el fin de esta batalla, que se presenta como un gran flagelo en la sociedad. La trata de personas muestra varios costados oscuros, trabajar en el recupero requiere de un largo proceso y complicado al final del cual la persona necesariamente debe volver a empezar laboralmente para completar su reinserción en los demás aspectos. Podría decirse que desde el punto de vista humano es en el rescate, donde empieza la parte más dura de la batalla porque la asistencia y protección a la victima deben necesariamente, completarse con la reinserción familiar, social, educativa y laboral.

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas