Posponen vencimientos y bonifican tasas por cartelería

En respuesta a los reclamos presentados por empresarios de la ciudad. El plazo final para el reempadronamiento se extendió hasta el 31 de agosto y se estableció una bonificación de 50% para quienes se registren en tiempo y forma. 

La municipalidad de Posadas readecuó la norma de reempadronamiento de cartelería. Extendió los vencimientos e incluyó bonificaciones a los contribuyentes que se empadronen en tiempo y forma. A quienes ya pagaron, se les reconocerá un crédito a favor. La nueva norma fue presentada ayer a los comerciantes quienes al cierre de la presente edición, la analizaban  a efectos de definir si concretaban la marcha de protesta que tenían prevista para hoy.

Se fijó el 31 de agosto como fecha tope para acogerse a los beneficios del nuevo régimen que prevé bonificaciones de hasta 50 por ciento sobre los Derechos e Impuestos a la Publicidad y Propaganda, para una superficie máxima de cartel de 20 metros cuadrados por contribuyente. Aclararon que, sumados al 20 por ciento que se reconoce por pago en término, la bonificación llega a 70 por ciento.

Desde el municipio indicaron que al restar aún un número de contribuyentes no reempadronados “resulta pertinente establecer una bonificación especial del 50 por ciento  -hasta 20 metros cuadrados- a la publicidad de tipo iluminada y luminosa a fin de privilegiar la utilización de este tipo de cartelería para quienes en el plazo que se fija cumplan con el reempadronamiento”.

Aclararon además que “esta bonificación sumada a la bonificación por pago en término del 20 por ciento, importa un descuento de 70 por ciento del monto a abonar para los contribuyentes encuadrados en el presente régimen.

Además se establece una bonificación especial para contribuyentes de los Derechos e Impuestos a la Publicidad y Propaganda que se reempadronen y que posean hasta 20 metros cuadrados de publicidad dentro del ejido municipal, de acuerdo a los siguientes parámetros: con coeficiente cero para la publicidad propia frontal, simple de hasta 5 metros cuadrados, pertenecientes a contribuyentes inscriptos como monotributistas, y para la publicidad móvil propia hasta 1 metro cuadrado”.

 

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