Presentarán proyecto para que súper e hipermercados tengan por lo menos una góndola con productos para celíacos

Una o más góndolas con alimentos «libres de gluten» destinados a personas que padecen celiaquía propone la concejal Claudina Deglise, complementando de este modo su iniciativa en cuando a disponer de un registro de elaboradores y comercializadores de este tipo de productos.

 

 

La edil busca de esta manera sacar a los celíacos de la exclusión que hoy sufren al no contar con información suficiente de las disponibilidades alimentarias. Plantea en consecuencia que sea una obligación de los supermercados e hipermercados «tomar todos los recaudos necesarios para que estos productos alimenticios no se contaminen, haciéndolos perder la condición ‘libres de gluten’, para lo cual tendrán que separarlos o aislarlos de otros productos, garantizando de esta forma la calidad de los mismos».

 

 

En su pormenorizada propuesta, señala que «las góndolas y heladeras específicas deberán contener cantidades necesarias para satisfacer la demanda, siendo ésta no menor a veinticinco (25) productos específicos libres de gluten. Se deberá identificar al sector y/o pasillos con carteles o señalizaciones que contengan la leyenda “productos libres de gluten”.-

 

 

De igual manera, contempla sanciones para quienes no dieran cumplimiento a lo estipulado sobre «comercialización, exhibición y garantías de no contaminación de productos aptos para el consumo de personas celíacas, serán sancionadas con multa equivalente a cuatro (4) sueldos de agentes municipales categoría 12  con 30 horas semanales y se considerará a la falta como adulteración de sustancia alimenticia. Podrá el Juez de Faltas ante la reiteración de la infracción, proceder a la clausura o inhabilitación del local comercial, conforme a la gravedad de la situación»

 

Ciertamente es ésta un área sensible por cuanto concierne a la salud de personas con esta patología que llegan al número de 400 mil en todo el país y, sin embargo, no ven debidamente resguardado su derecho a una alimentación saludable.  Por esa razón, la concejala propone que Posadas sea la excepción: la ciudad inclusivaque también se ocupa de las personas con necesidades especiales.

 

PROYECTO DE ORDENANZA

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE POSADAS

 SANCIONA CON FUERZA DE:

 O R D E N A N Z A:

 

ARTÍCULO 1º.- LOS centros comerciales habilitados para la venta de productos alimenticios,
                              supermercados e hipermercados, deberán poner a disposición de los consumidores, una (1) o mas góndolas conteniendo alimentos destinados exclusivamente para personas celíacas.-

 

ARTÍCULO 2º.- SERA obligación de los supermercados e hipermercados tomar todos los
                               recaudos necesarios para que estos productos alimenticios no se contaminen, haciéndolos perder la condición “Libres de Gluten”, para lo cual tendrán que separarlos o aislarlos de otros productos, garantizando de esta forma la calidad de los mismos.-

 

ARTICULO 3º.- LAS góndolas y heladeras específicas deberán contener cantidades necesarias
                             para satisfacer la demanda, siendo esta no menor a veinticinco (25) productos específicos libres de gluten.- 

 

ARTÍCULO 4º.- SE deberá identificar al sector y/o pasillos con carteles o señalizaciones que
                              contengan la leyenda “Productos Libres de Gluten”.-

 

ARTICULO 5°.- QUIENES incumplieren lo estipulado en los artículos precedentes sobre la
                               comercialización, exhibición y garantías de no contaminación de productos aptos para el consumo de personas celíacas, serán sancionadas con multa equivalente a cuatro (4) sueldos de agentes municipales categoría 12  con 30 horas semanales y se considerará a la falta como adulteración de sustancia alimenticia. Podrá el Juez de Faltas ante la reiteración de la infracción, proceder a la clausura o inhabilitación del local comercial, conforme a la gravedad de la situación.-  

 

ARTICULO 6°.- EL plazo para la implementación de la presente Ordenanza es de noventa (60)
                             días a partir de su promulgación.-

 

ARTICULO 7°.- DE FORMA.-

 

 

FUNDAMENTOS

 

Sra. Presidente:

 

El presente proyecto de Ordenanza tiene por finalidad la efectiva comercialización en hipermercados y supermercados de productos exclusivos para personas que sufren la enfermedad celíaca.

La celiaquía es la intolerancia permanente al gluten, conjunto de proteínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC) y productos derivados de estos cuatro cereales. Una vez detectada no debe ingerirse de por vida ningún alimento que los contenga ni sus derivados. Pueden padecerla tanto niños como adultos.

                   Se trata de una enfermedad que se mantiene durante toda la vida. Aparece en personas que tienen predisposición genética a padecerla. Se sabe que la enfermedad celíaca aparece con más frecuencia entre miembros de la misma familia. Además, los enfermos pertenecen con frecuencia a un mismo «grupo» genético, especialmente a un tipo de genes que forman parte de un sistema genético conocido como complejo mayor de histocompatibilidad HLA de clase II.  

                   Esta intolerancia produce una lesión característica de la mucosa intestinal o capa que recubre el intestino: se produce una atrofia de las vellosidades del intestino, o destrucción en mayor o menor grado de las zonas del intestino donde tiene lugar la absorción de los alimentos. La característica que define a esta atrofia es que es reversible, es decir que el intestino se normaliza, cuando se inicia la dieta sin gluten.  

                    La causa por la que se produce esta intolerancia es desconocida. Aunque se intenta explicar de varias formas, la más aceptada en la actualidad, es que existe una alteración en la respuesta inmunitaria o de «defensa » del paciente celíaco. El sistema de defensa de los enfermos reconocería como «extraño» o no perteneciente al organismo, al gluten, y produciría anticuerpos o «defensas» contra el mismo. Estos anticuerpos producirían la lesión del intestino con destrucción o atrofia de su mucosa (capa interior del intestino), produciéndose una alteración de la digestión, absorción de los alimentos, con la consiguiente pérdida de los mismos, que explican los síntomas digestivos de estos enfermos.

                                Es imprescindible el apoyo e influencia sobre el paciente celíaco para el cumplimiento del tratamiento, y por ende, un mejor control de la enfermedad. En Argentina existen más de 400.000 personas que padecen celiaquismo, intolerancia crónica y definitiva al gluten.

                                Padecer celiaquía implica a una persona tener que sortear muchos obstáculos a la hora de ingerir comida, uno de los cuales, es encontrar un alimento que sea sin trigo, avena, cebada y centeno -lo que habitualmente se conoce como alimento “sin Tacc”- que a la vez posea un sabor agradable y que tenga un costo accesible.

                                 Bajo esta premisa es que resulta importante que los establecimientos que venden alimentos comercialicen una serie productos destinados a enfermos celíacos. Y de ésta manera dar respuesta a una parte de la sociedad misionera que necesita tener acceso fácil a dichos alimentos.

 

                                  Por lo expuesto solito a mis pares la aprobación del  presente Proyecto de Ordenanza.-

 

 

 

 

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