Biazzi: “Los momentos fundacionales de Misiones se hicieron sin los sectores de la vida política que hubiesen tenido que participar”

El ex diputado y convencional de la reforma constitucional de 1994, Ricardo Biazzi sostuvo que la base de la Constitución de Misiones carece de legitimidad política, primero por la mayoría impuesta por el peronismo, y después por la proscripción de este partido en la redacción de las normas en 1954 y 1958

 

Biazzi: “Los momentos fundacionales de Misiones se hicieron sin los sectores de la vida política que hubiesen tenido que participar”

 

Entrevistado por el programa Plural, que se emite por Canal 12, el ex diputado y convencional de la reforma constitucional de 1994, Ricardo Biazzi sostuvo que la base de la Constitución de Misiones carece de legitimidad política, primero por la mayoría impuesta por el peronismo, y después por la proscripción de este partido en la redacción de las normas en 1954 y 1958.

 

Plural: “Hay un tema que se ha instalado, todavía incipiente de una reforma de la constitución. ¿Son tiempos de reforma de constitución? ¿Cuándo es tiempo de reformar una constitución?”

 

Ricardo Biazzi: “Hay siempre un análisis previo ante estas alternativas que están vinculados a la conveniencia y a la oportunidad de una reforma de estas características de la ley más importante que tiene la sociedad y esto debiera ser así para el conjunto de la comunidad porque si uno piensa que una constitución es la expresión en normas de las creencias de mayor rango político que tiene la sociedad, no es poca cosa cada tanto tomar la decisión de modificar esos ejes esenciales que tiene para el funcionamiento de sus sistema político-institucional, ahora, no es una cuestión, ni tan abstracta, ni tan ingenua porque esto hay que colocarlo en el contexto de una realidad política que vive casa sociedad en su momento histórico y generalmente las reformas constitucionales estuvieron emparentadas con las demandas del poder político de turno y ese es un dato que no se puede obviar. El tema está en saber si cuando se da esa demanda desde el poder político por producir esa reforma constitucional, hay chances en el conjunto político de esa sociedad de establecer una agenda de temas prioritarios que se sumen a esas demandas que a veces legitimas y a veces no tanto, por parte del poder político, aparecen como generando, impulsando o disparando esa actitud de reforma. En síntesis, si las reformas constitucionales surgieran por urgencias, necesidades y reclamos desde el poder, pero simultáneamente los actores políticos más importantes de representación de la sociedad pudieran estructurar una agenda de demandas que motivan esas reformas en forma simultanea a esas exigencias de poder, sería tal vez el mejor ensamble para dar pie a una convocatoria de estas características. Generalmente esto no es fácil de encontrarlo en los tiempos históricos que dejan marcado, tanto es nuestro país, como en el exterior, los escenarios políticos en los distintos, tanto países, como regiones o provincias en el caso nuestro. Lo deseable sería, vuelvo a insistir, de que esté presente que es lo que se está reclamando para esa reforma y me parece que hay algunos ejes que pueden estar orientados a eso. En el sistema político, en el caso de Zaffaroni, hay un planteo que no se cual es la envergadura y el asentamiento que tiene la cultura política Argentina, que es el tema de un parlamentarismo que reformule un presidencialismo tan fuerte como el que tiene Argentina. En un tema más importante, me parece que hay una mirada distinta sobre derechos esenciales de la población y la relación Estado con corporaciones y con el poder económico, en una economía capitalista como la nuestra, la reformulación de los temas vinculados al uso de la propiedad fundamentalmente. Creo que en principio, habría temas para ahondar en el proceso de una eventual reforma, pero me parece que hay también muchas más urgencias de cláusulas, que hay que reinterpretarlas correctamente, está visto que la Corte ha surgido con la composición actual, con una mirada distinta respecto a cláusulas de la constitución que se podrían, perfectamente, ensamblar con un escenario y con una propuesta política como la que está vigente en el orden nacional. Está visto que hay cláusulas que nunca se han aplicado y que falta la fuerza política para tomar la determinación de hacerlas carne en la vida cotidiana de la sociedad. Y habrá cláusulas que si, que tienen un interrogante sobre su eficacia, sobre su eventual vigencia y que habrá que plantearlas en un escenario de reformas, pero creo que tiene que haber una convocatoria amplia, donde todos los sectores políticos se puedan expedir sobre los temas y sobre la oportunidad.”

 

Plural: “En la Argentina hay una historia reciente, la constitución del 49 fue abolida por un golpe de Estado, después cuando se reformula de nuevo, cuando se trata de volver a la constitución o se vuelve a la constitución del 53 con algunas cláusulas, como el 14 bis que rescatan algo del 49, eso se mantiene durante muchos años. ¿Una constitución así tiene legitimidad? Porque había prescripciones cuando se reformula y quedó totalmente anulada la del 49.

 

Ricardo Biazzi: “Yo creo que una de las cosas que debiéramos plantearnos, tanto respecto al orden nacional, como la nuestra provincial, es la mayor fuerza y potencia de la legitimación de origen que tenga como instrumento jurídico al ponerlo en un nivel de tal jerarquía, como el texto constitucional, entonces, si volvemos a reiterar esta idea de que ahí están los principios esenciales que la sociedad quiere para su organización política-institucional, debiera ser producto, no se si de grandes consensos en cuanto al resultado de las cláusulas finales que se redacten, pero al menos en los grados de participación de toda la comunidad política en ese momento histórico, es un piso mínimo que debiera garantizarse siempre. Por eso, suelo decir que la constitución de Misiones tuvo en ese sentido una desgracia, tanto en su primer versión, 1.954, la constitución del Peronismo, apenas provincializado nuestro territorio nacional de Misiones. ¿Por qué? Porque el Peronismo organiza un proceso electoral sobre la base de un sistema de circunscripciones uninominales y hace que todos los miembros de esa convención constituyente fueran del mismo color político, es decir, representantes del Peronismo,  siendo que el Radicalismo que era la fuerza opositora, sacó casi el 24 por ciento de los votos, lo que era un caudal bastante importante como para integrar una minoría, hacer oír su voz y de las confluencias o de las discrepancias, pero de ambos sectores sentados en una Convención Constituyente, mostrar como producto el nuevo texto constitucional, no se dio por el sistema electoral. Después le toca el turno al Peronismo, cae en desgracia con, justamente, el golpe del 55, un golpe militar que frustra desde ya, y no solo proscribe al Peronismo, sino que a la hora de la convocatoria a una Convención Constituyente en la provincia para sancionar una nueva Constitución, ya que se habían dado las circunstancias, no solo de su derogación por un bando militar del Gobierno nacional de ese momento, sino también que la Convención, recién puesta en marcha del 57, deroga la vieja constitución del 54, que duró un suspiro. Pero quienes integran esa Constituyente que sanciona esa nueva Constitución, que es la que hoy nos rige, la del 58, sancionada el 21 de abril del 58 en Misiones, son los sectores minoritarios, el partido más poderoso, antes de la proscripción que era el Peronismo, vota en blanco, los adherentes al Peronismo y un sector adhiere y vota al Frondizismo, la UCRI en ese momento, sumado los votos de ambos eran más que mayoría en una convención y electoralmente y queda esa convención funcionando porque se retira la UCRI de la misma, con la Unión Cívica Radical del pueblo, que era una fracción disidente del Radicalismo, cuando se fractura la Unión Cívica Radical, la democracia Cristiana, el Socialismo y un partido liberal que funcionaba, por entonces, como entidad política acá en la provincia, que como sectores minoritarios terminan sancionando la constitución del 58. ¿Qué quiero decir con esto o significar? Que en los dos momentos de la etapa fundacional, desde el punto de vista de los pilares de la organización institucional de la provincia, se hizo sin la integralidad de los sectores de la vida política que hubiesen tenido que participar para ese diseño de una estructura de tanta importancia, que es en definitiva un plan de Gobierno a largo plazo que tiene que reenfrentar todos los partidos políticos en el Gobierno, independientemente del color que de quien fuera”.  

 

Plural: “En la Argentina hay como una conservadurismo a la reforma de la constitución, parece que se avecina un caos. Hay países, como Brasil o como Francia, que vienen reformando su constitución sin ningún drama, es de la cultura Argentina eso.”

 

Ricardo Biazzi: “No, porque hubo una concepción racional-normativa que impregno el nacimiento de las constituciones  del constitucionalismo clásico, asentado en una mirada dogmática en contenido que algunos consideran contenidos pétreos, que nadie podría tocar, que sin inmutables y sin embargo, está visto que la vida política de las sociedades de dinámicas, que tiene una flexibilidad que tendría que también tener, porque no, las normas de mayor jerarquía o mayor rango. Lo que tampoco se puede pensar es que este texto constitucional es una varita mágica que opera sobre la realidad de las sociedades y porque se cambie la letra, como dice el propio brasilero, ya que cita Pato el ejemplo de los brasileros, algún constitucionalista de Brasil en la década de 80 cuando se hizo la última reforma de la constitución dijo, ojo que la constitución no se cambia a golpe de caneta, o sea, que no era cuestión de escribir un rosario de ilusiones, como dijo un constitucionalista argentino, y quedábamos todos con la conciencia tranquila. La letra de la constitución si es buena y responde a las demandas sociales, mucho mejor, pero además para que realmente tome encarnadura en la dinámica social y política, tiene que ser una letra que se cumpla, es decir, tiene que haber voluntad política del que ejerce el poder de cumplir ese texto y de la sociedad de seguir luchando por sus demandas sociales, hacer valer sus perspectivas sobre cada uno de los cambios que necesite ese sistema político.”

 

Plural: “Usted fue constituyente en el 94, después en el 99 hubo una convocatoria medio cotada, una cuestión más para la parte formal y no dogmática de la constitución. Sin embargo ahí hubo algunas modificaciones que siempre sujetas a la transformación, como son los alcances de la autonomía y la soberanía de las provincias o recursos naturales, he escuchado constitucionalistas como Borcesat, que es progresista, es decir, le hicimos tragar en el debate por la ley de tierras el artículo 121 a los gobernadores. ¿Cómo es eso?”

 

Plural: “No, el 121 es el que rescata las atribuciones históricas en las provincias, puesto que señala que conservan las provincias el poder no delegado por esta constitución del Gobierno nacional y el último párrafo del 124 es el que rescata el dominio originario de los recursos naturales asentado en cada una de las provincias por parte de ellas. En realidad, más allá de lo que dijo Barcesat, incluso tuvimos apreciaciones muy parecidas respecto de distintos temas, fundamentalmente tema de coparticipación, tema de autonomía y un principio de gratuidad en las universidades a la hora de tratar el 75, inciso 19, lo que si creo, si hay algún tipo de coincidencia con el enfoque de barcesat, es esto que decíamos al principio, toda reforma constitucional surge con la ambición de alguien, desde el poder fundamentalmente, para producir condiciones favorables a su propia permanencia en el poder, obviamente el pacto de Olivos con el acuerdo para que Menem tuviera una reelección inmediata y se modificara la cláusula que le impedía ese mandato a continuación del que ejercía, era la búsqueda principal pro parte de Menem, se aproxima otro poder político que es el Radicalismo y dice, nosotros aceptaríamos ir a un juego de estas características, pero con estas condiciones, que haya mayor grado de participación de las provincias, un senador y se intercala una agenda de temas, más allá de ese acuerdo cerrado que fue más que interesante, porque no solo diría todo lo que este vinculado a los derechos de la provincia y a la reivindicación de la autonomía municipal y algunos aspectos que, vuelvo a insistir, de nasa sirve si siguen siendo, tanto la provincia, como los municipios, rehenes políticos de quien tiene la caja y distribuye los recursos de esa caja, o sea, tampoco vale de mucho dejar la letra de la constitución ahí, sin la efectiva encarnadura en las practicas cotidianas, pero digo, permitió por ejemplo, la incorporación de todos los tratados internacionales con jerarquía nacional que hoy tienen una significación en la población y en mucha gente de un gran valor pro esa jerarquía que se les dio y como esos temas, tantos otros. Así que, yo creo que siempre hay que buscar, si se dan estas opciones de reformas constitucionales, enmarcarlas en una agenda mucha más amplia del tema que responda a demandas sociales que pueden estar pendientes. Lo planteábamos en el ámbito provincial y creemos que puede ocurrir lo mismo en el ámbito nacional. Y lo interesante del caso es señalar que en todas estas oportunidades si uno rastrea a oficialistas y opositores, siempre rondando las épocas que se plantea una reforma constitucional, hubo iniciativa orientadas a que esas reformas se produzcan, lo único que faltaba era no atarse a exclusivamente a la voluntad de poder de ese momento y construir esa agenda, obviamente que habrá que tener predisposición a diálogos, a negociación, a resignación de temas que a lo mejor no iban a estar.”

 

 

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