Proponen ley de libre acceso a la información pública

La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura provincial inició el tratamiento del proyecto presentado por el diputado Carlos Rovira. Apunta a garantizar el derecho de las personas físicas y jurídicas a requerir, consultar y recibir, en forma completa y veraz, información del Estado provincial.

La iniciativa busca “garantizar la transparencia de la administración pública; fomentar el ejercicio del derecho de las personas a proveerse libremente de información pública; y promover una efectiva participación ciudadana”.

 

Promueve los principios de “publicidad de los actos de gobierno; transparencia en el manejo y la ejecución de los recursos públicos y actos de la administración pública; gratuidad e igualdad en el acceso a la información pública; libertad de formas; y sencillez y celeridad de procedimiento”.

 

Rovira propone que toda persona física o jurídica pueda solicitar y recibir información cabal, fidedigna y ordenada de cualquier órgano perteneciente a la administración centralizada, descentralizada, entes autárquicos, empresas que presten servicios públicos y sus entes reguladores, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y sociedades de economía mixta. También, de organizaciones empresariales donde la provincia tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias, además de los poderes Legislativo y Poder Judicial, en ejercicio de funciones administrativas.

 

De sancionarse el proyecto, debe proveerse a quien lo requiera la información contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, que haya sido creada u obtenida por el órgano requerido, o que se encuentre en su posesión y bajo su control.

 

El organismo requerido está obligado a proporcionar la información en el momento en que se la solicite, o proveerla en un plazo no mayor de veinte días hábiles administrativos. Sólo podrá negarse a brindar la información solicitada si se verifica que no existe o que está incluida dentro de alguna de las excepciones previstas. El silencio, la falta de motivación de la respuesta, o la contestación ambigua o parcial, serían considerados una negativa y dejarían habilitada la vía judicial correspondiente.

 

Las excepciones

 

Se plantean como excepciones los datos personales de carácter sensible cuya publicidad constituya una vulneración del derecho a la intimidad y al honor, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de la persona a que refiere la información; bases de datos de domicilios o teléfonos particulares; datos que comprometan los derechos o intereses legítimos de un tercero o que hayan sido obtenidos en carácter confidencial; información protegida por el secreto bancario o fiscal; e información protegida por el secreto profesional.

 

También quedarían excluidas la información cuya publicidad pudiera revelar la estrategia a adoptarse en la defensa o tramitación de una causa judicial; actuaciones referentes a cuestiones de familia, menores y sumarios administrativos hasta la etapa de formulación de cargos; información expresa y fundadamente clasificada como reservada, especialmente la referida a seguridad o salubridad pública; información que se encuentre en documentos constitutivos del patrimonio cultural o histórico, cuyo acceso o reproducción pueda poner en peligro su estado de conservación; e información que divulgue secretos industriales, comerciales, financieros, científicos, de investigación o técnicos.

 

Funcionamiento democrático

 

En los fundamentos Rovira expresa que “el derecho de acceso a la información pública constituye una de las valiosas columnas del funcionamiento democrático; por lo tanto no se puede negar, ni dudar de que la regulación legal del libre acceso a la información pública generará un mayor trasluz en la gestión de gobierno, y redundará en beneficio de una mejor imagen de las instituciones democráticas frente a la ciudadanía”.

 

“La consagración legal del derecho de los ciudadanos a solicitar información pública y a que ésta le sea brindada, debe traducirse en prácticas culturales que se transfieran a diseños institucionales y normativos que hagan posible que el pueblo pueda acceder a ella, y el mismo Estado deba procurárselas”, agrega.

 

Explica que “el acceso a la información pública posibilita a las personas opinar con datos precisos y sustentar sus iniciativas con documentación, es decir con propiedad y veracidad, contribuyendo al debate público que es garantía esencial del sistema democrático”.

 

“La libertad de acceder a la información pública, no sólo amplía las condiciones de la sociedad civil para la participación, sino que también genera un efecto tangible sobre la propia gestión de gobierno que puede, a través del intercambio con la sociedad, identificar sus falencias y resolverlas a tiempo”, afirma.

 

El diputado sostiene que “el proyecto tiene la comprometida e importante tarea de concretar el marco normativo del derecho de acceso a la información pública, en el ámbito provincial; esto tiene una relevancia vital a los fines de poder asegurar una adecuada defensa del derecho, dada la amplitud de contenido que no excluye ningún tipo de formato donde se incluye toda aquella información que el mismo organismo obtenga o que obre en su poder o bajo su control”.

 

“El proyecto de ley formaliza una enunciación de las causales que admiten limitar el acceso a la información fundadas principalmente en cuestiones de seguridad, económicas y de resguardo de intereses superiores, los cuales no podrían ser violados so pena de caer en la inconstitucionalidad”, aclara.

 

Modelo de desarrollo


“El proyecto renovador circunda la modernización de las básicas premisas adoptadas por la norma propuesta e implica el modelo de desarrollo e inclusión que se lleva adelante, desde hace un tiempo, con el apoyo popular”, manifiesta.

 

“El reforzamiento y desarrollo de las estructuras de derecho, como el aquí estampado, implican la continuidad del proceso de reestructuración y progreso, ideológicamente sistematizados por el Frente Renovador de la Concordia Social”, concluye Rovira.

 

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