La figura del querellante particular toma forma en la Legislatura

La propuesta presentada por el presidente de la Cámara de Diputados, cuenta con el aval de todos los bloques. Permitirá a la víctima de un delito penal aportar a la investigación. Es necesaria una reforma constitucional. En la primera sesión ordinaria de la Legislatura tomaron estado parlamentario 431 proyectos. 

Rovira propuso la inclusión del querellante particular en las causas penales.

Rovira propuso la inclusión del querellante particular en las causas penales.

Con el debut de las tablets para emitir los votos como atractivo principal, la Cámara de Diputados tuvo ayer su primera sesión en el teatro de Prosa del Centro del Conocimiento. Sin embargo, duró poco la prueba piloto, ya que la mayoría de los legisladores mostró sus dificultades para emitir el voto electrónico, así que se decidió seguir con la mano alzada hasta que todos puedan manejar los dispositivos.

En la primera sesión ordinaria de la Legislatura tomaron estado parlamentario 431 proyectos, 45 de ley, 292 de declaración, 86 de comunicación y 8 de resolución. La más relevante fue la propuesta de reforma constitucional para incorporar la figura del querellante particular en las causas penales. El proyecto de ley presentado por el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Rovira, propone la modificación del artículo 21 de la Constitución Provincial, para incorporar la figura del “querellante particular”.

De obtener sanción, la decisión deberá someterse ad referéndum del pueblo de Misiones conforme el procedimiento de enmienda constitucional, que deberá ser convocado por el Poder Ejecutivo. Se busca dinamizar los requerimientos sociales de justicia y permitir al damnificado formar parte activa de la acción penal.

La querella, a diferencia de la denuncia, es un acto de ejercicio de la acción penal, mediante el cual el querellante (persona ofendida por un delito o sujeto del derecho con capacidad necesaria) asume la cualidad de parte acusadora a lo largo del procedimiento.

 Con la redacción actual del artículo 21 de la Constitución Provincial, la acción penal en los delitos de acción pública corresponde de manera intransferible al Estado, quien lo ejerce a través del ministerio público.

 La modificación de la letra constitucional incorporaría como nuevo instituto el querellante particular, un nuevo sujeto que participa en la esfera de los delitos de acción pública, simbolizando y encarnando la defensa activa.

 Según se destaca en el proyecto, este paso legislativo  adecúa el texto constitucional al plexo normativo nacional e internacional vigente, superando un obstáculo constitucional que no se compadece con la realidad jurídica ni con los máximos principios relacionados al derecho de la víctima o del ofendido.

 Así, el querellante particular accederá, una vez eliminado el obstáculo constitucional, y dictada la ley que regule su intervención en el proceso penal en un  rol coadyuvante, al esclarecimiento como fin último del proceso penal.

Permitirá la participación del querellante a lo largo del proceso penal en cada una de sus etapas, desde la denuncia misma; apelar la desestimación de la denuncia o su remisión a otra jurisdicción, e impugnar el auto de falta de mérito y cuestionar el sobreseimiento decretado.

En cuanto a la etapa intermedia sobre la instrucción penal preparatoria, la apertura del juicio, el querellante y el Agente Fiscal serán oídos acerca de si la instrucción se encuentra completa, y si corresponde el sobreseimiento o la elevación a juicio de la causa.

El querellante también podrá solicitar diligencias probatorias y oponerse al sobreseimiento pedido por el fiscal estimando que debe elevarse la causa a plenario, solicitud que obliga al juez de instrucción a dar intervención a la Cámara de Apelaciones para que decida esa pretensión.

 

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