Recuerdan que es ilegal cobrar un plus por cargar tarjetas telefónicas

Desde la oficina de Defensa del Consumidor, Alejandro Garzón Maceda indicó que esta práctica es ilegal, porque infringe la ley. Indicó que el peso de más que se cobra es trasladar los costos al consumidor, algo que no debe hacerse y si los ingresos son insuficientes deben dejar de vender, no trasladar esa carga al cliente.


Alejandro Garzón Maceda, director de Defensa del Consumidor en Radio Libertad

El funcionario explicó que cuando se tenga que pagar de más por una carga virtual o una tarjeta de teléfonos, las personas deben hacer la denuncia en defensa del consumidor, esta institución tiene la potestad de hacer las multas por infracción de la ley. Explicó que este peso de más que se cobra infringe la norma porque el servicio que se presta tiene un precio establecido, y todo cobro por encima de el precio fijado viola la Ley y se cobra sin emisión de factura o comprobante fiscal.

 

Las multas posibles van de 500 pesos a 5 millones, en el caso de reincidencia las multas se duplican, no hay posibilidades de clausurar el negocio, porque la clausura del negocio es por causas que pongan en riesgo la salud de los clientes.

 

Asimismo Maceda afirmó que es la misma situación que la acción de los médicos de cobrar plus al atender a los pacientes. Cuando han realizado convenios con Obras Sociales y al recibir a los pacientes de dichas obras socales, les cobran un plus y tampoco emiten comprobantes fiscales de los montos cobrados, pero aclaró que la Ley que nuclea a los Colegios de Profesionales impide la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor.

 

Sobre la limitación de la venta de combustible a extranjeros, Garzón Maceda indicó que esta práctica atentaba contra la ley que establece el trato digno e igualitario a todos los clientes, por lo cual se informó que dicha medida atentaba contra la ley y las empresas desistieron de aplicar la norma.

 

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