Desarrollarán nuevo marco de leyes antilavado en intensa jornada técnica

A través de la sanción de leyes como la 26.683, de prevención del lavado de dinero y de más de 200 resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF), todas normas emitidas en lo que va del año, la Nación estableció un marco mucho más estricto en todo lo relacionado al control de  maniobras lavado de dinero. Las nuevas reglas de juego establecen obligaciones muy concretas tanto para profesionales, como para empresarios de un amplio espectro de actividades económicas, quienes deben cumplirlas so pena de cuantiosas multas y hasta 10 años de prisión. Cuáles son las nuevas pautas y cómo cumplirlas, son los principales objetivos de una intensa jornada de trabajo que se realizará el próximo viernes a partir de las 9:00 en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones, en Posadas.

“Vamos a llamar la atención respecto a normas que existen y no se están cumpliendo y también  vamos a dar pautas respecto a  cómo se hace para cumplir. Primero va a disertar el doctor Roberto Bulit Goñi, quien dará un panorama de la legislación internacional; después va a haber una exposición del doctor Francisco D’Albora, especialista en derecho penal que va a explicar cual es el marco jurídico aplicable en la Argentina; luego ambos se referirán al sistema administrativo, todo lo referente a normas de la UIF y por último, expondré yo junto a Roberto Bulit y les explicaremos qué es lo que pide la ley que hagan los sujetos obligados”, explicó Delio Varela, de la consultora Compilance SA, organizadora de la jornada.

El especialista explicó que la nueva normativa introduce dos cambios sustanciales. En primer término, convierte a la evasión en una falta mucho más grave, al incorporarlo como delito precedente al lavado de dinero, es decir como una actividad ilegal primaria generadora de ingresos que luego se intentan reinsertar en el mercado legal, es decir “blanquear”.

Este cambio equipara, a los efectos de la ley penal tributaria, a la evasión fiscal con delitos como el tráfico de drogas o armas, trata de blancas o delitos en la administración pública.

La otra modificación central fue la ampliación del abanico de “sujetos obligados”, quienes están obligados a informar al ente recaudador, ante cualquier situación que pudiera cuadrar como lavado o como uno de sus delitos precedentes. “Casi todos los factores de la economía están involucrados: entidades financieras y cambiarias; cooperativas, ONGs, fideicomisos; vendedores de autos, lanchas y aeronaves; contadores y escribanos; compañías aseguradoras. Además de reportar en caso de encontrar algo sospechoso, también tienen la obligación de hacerlo sin advertir a sus clientes”, indicó.

 

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