Norma de Afip pone en jaque a productores y secaderos

Las compras a productores monotributistas que registren menos de 23 operaciones por año no podrán ser imputadas por los secaderos como gasto, a efectos de Ganancias. Aseguran que la medida conspira contra el proceso de blanqueo del sector yerbatero

Desde la Asociación de Secaderos de la Zona Centro advirtieron que una norma puesta en vigencia recientemente por la Administración Federal de Ingresos Públicos  (Afip) pone en riesgo la viabilidad de los pequeños productores y secaderos. Según explicaron, el organismo recaudador impide  a los secaderos imputar como gasto, a los efectos del cálculo de impuesto a las Ganancias, las compras efectuadas a la gran mayoría de los productores monotributistas.

“Estas normas (Ley Monotributo 24.977 Artículo 30, Ley Monotributo  Decreto 806/2004  Artículo 39, Resolución General Afip Nº 2.150/06), han sido aplicadas sin ningún criterio de razonabilidad a secaderos misioneros, contraviniendo la realidad económica del sector yerbatero, ya que de un total de unas 17.000 familias productoras, el 98 por ciento  son pequeños productores, en su absoluta mayoría Monotributistas”, indicó el titular de la cámara empresaria, Mario Nosiglia.

 Las disposiciones mencionadas hace una diferencia entre monotributistas recurrentes y  no recurrentes, quedando dentro de la primera categoría aquellos que registren al menos 23 operaciones por período fiscal.

Las normas establecen que solamente podrán ser consideradas como gasto a los efectos del impuesto a las Ganancias, las compras efectuadas a monotributistas que operen de forma recurrente. Para las compras a no recurrentes, se establecen límites de 2 por ciento (respecto de un mismo proveedor) y de 8 por ciento (respecto al total de proveedores) sobre todos los gastos realizados en un ejercicio fiscal para imputarlos como costo en el impuesto a las ganancias.

Es decir que un productor yerbatero monotributista que realiza su propia cosecha o lo hace a través de un tercero, por el volumen que maneja y el corto período de zafra, al no poder alcanzar más de 23 liquidaciones de compra, se  verá gravemente perjudicado, ya que los secaderos no podrán comprarle porque incrementarán sus costos un 35 por ciento, lo que tornaría definitivamente deficitaria la secanza.

 

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