Desde hoy sólo se podrán adquirir lámparas de bajo consumo

Si bien son  más caras aportan un 80 por ciento de ahorro de electricidad.  Quedan fuera de  circulación  las superiores a  25 watts.

Tal como se venía anunciando desde hoy entra en vigencia  la ley  26.473 que prohíbe la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio argentino.

Prohibición

Cabe recordar que la prohibición fue establecida por Ley Nacional a partir del 1º de enero de 2011, pero luego por decreto presidencial se extendió por cinco meses el plazo para la venta, de modo de permitir a los comercios la liquidación del stock de estos productos.

Las nuevas bombillas también corren con ventaja, comparativamente las de bajo consumo son mucho mejores. Por ejemplo para aquellas que cumplen la misma función su uso va desde las 2.000 horas hasta las 6.000 mientras que las anteriores duraban, como mucho, 1.500 horas.
Se espera que esta medida ayude significativamente a paliar las dificultades para abastecer la demanda de energía que afronta nuestro país.  La Ley 26.473 está enmarcada en el Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica (PUREE), por el cual se efectuó la distribución gratuita de lámparas de bajo consumo en todo el territorio nacional.

El decreto  deja afuera de la prohibición a las lamparitas menores a 25 vatios o 50 voltios. En los considerandos se indica que “la gran mayoría” de las lámparas con esa potencia o tensión nominal  se utilizan en la iluminación interior de heladeras, microondas, hornos etc., por lo que la prohibición de su comercialización generaría un serio trastorno y un costo poco justificable, al tener que remplazarse la matricería de dichos artefactos para adaptarla a otro tipo de iluminación, sin que ello redunde en un ahorro significativo de consumo de energía eléctrica.

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