Confusión y polémica por guía para autorizar abortos no punibles

El Ministerio aclaró que su titular «no ha firmado resolución alguna» respecto de la Guía Técnica para la Atención de los Casos de Abortos No Punibles, previstos en el Código Penal, aunque precisó que la directiva se encuentra vigente desde 2007.

Polvareda. La guía para realizar abortos en hospitales públicos en casos no punibles generó una multiplicidad de reacciones. Tantas, que el mismo ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, negó que haya firmado la resolución, pese a que la página web de esa cartera había publicado la nueva normativa que afirmaba que los procedimientos previstos «son de aplicación establecida por Resolución Ministerial Nro. 1184 del 12 de julio de 2010» y fue avalada por el Subsecretario de Salud Comunitaria, Guillermo González Prieto.

A pesar de que funcionarios del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable habían informado que Manzur firmó la resolución el 12 de julio, el Ministerio expresó a través de un comunicado que «su titular no ha firmado resolución alguna respecto de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles». Sin embargo, ayer en el sitio web de la cartera de Salud se subió una versión de la Guía que afirmaba que los procedimientos previstos «son de aplicación establecida por Resolución Ministerial Nro. 1184 del 12 de julio de 2010».

«Nunca firmó (esa resolución) ni la va a firmar», explicaron voceros de la cartera sanitaria respecto a Manzur, ya que ese protocolo fue elaborado por la gestión del ex titular del ministerio Ginés González García.

El escrito redactado durante la gestión de Ginés González García dispone que no se deben judicializar los abortos no punibles y se debe garantizar su práctica en cada hospital. Hay tres casos permitidos: cuando corre riesgo la salud de la mujer, cuando hay una violación (la paciente debe aportar la denuncia policial o hacer una declaración jurada) o cuando el embarazo “proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”. En este último caso hace falta el consentimiento de un representante legal.

En la Guía está contemplada la objeción de conciencia, pero a título individual y no puede ser nunca institucional, es decir, todo hospital debe garantizar la práctica. Los profesionales de la salud que obstruyan arbitrariamente la realización de un aborto permitido, incurran en maniobras dilatorias, suministren información falsa o se nieguen injustificadamente a practicarlo “podrán ser responsables penal, civil y/o administrativamente por el incumplimiento de sus obligaciones en el ejercicio de la medicina o de la psicología”, advierte el documento.

Pese a que supuestamente estaba vigente, nadie parecía conocerla y la Iglesia calificó de grave e inconstitucional a la resolución 1184 del Ministerio de Salud de la Nación relativa a la “Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles”.

 “Lo que llama la atención en primer lugar es la dudosa legalidad, porque un Ministerio no puede modificar ni reglamentar leyes de un Código Penal. Este es un tema absolutamente privativo del Congreso de la Nación así que de entrada acá hay una atribución poco constitucional”, opinó el padre Alberto Barros, una de las voces críticas de la Iglesia.

“Me parece una burrada, cuando estamos habando nada más y nada menos que de una vida entonces creo que esto amerita una seriedad fundamental. En primer lugar que se afirme que el aborto es un derecho de orden constitucional, de alguna manera una reglamentación técnica de un ministerio está intentando legalizar de hecho el aborto en la Argentina salteándose a mínima seriedad que tiene un tema tan importante como es lo sagrado de una vida humana”, acusó.

“Hablar de una legalización amplia del aborto con un desprecio tan fuerte por la vida me parece de locos, o afirmar que basta con que una nena de 14 años con una simple declaración de que fue violada pueda acceder al aborto sin conocimiento y autorización de los padres, es de locos”, insistió.

Por su parte, el ministro de Salud de la Provincia, José Guccione, coincidió en que no hay nueva resolución. “La única modificación que se aplicó, sostuvo, es que el ministro Manzur puso en conocimiento de toda la red sanitaria que se debe actuar en la estructura de los hospitales y antes de que se llegue a instancias judiciales,  porque demora mucho tiempo, mientras tanto el embarazo avanza y la vida de la mamá corre peligro”.

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