Los comerciantes deben hacer su “Declaración Jurada Anual”

El 30 de junio vence la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al periodo fiscal 2009 del Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor (Tasa de Comercio), que deben hacer todos los comerciantes inscriptos en la Municipalidad de Posadas.

La dirección general de Rentas de la Comuna, estableció las opciones para el cumplimiento de esa presentación y las multas en su defecto. En cuanto a las opciones cumplir con esta obligación, informó que para  mayor comodidad del contribuyente se implementó un nuevo sistema on-line para la presentación de las Declaraciones Juradas Anuales, al que podrá accederse a través de la página www.posadas.gov.ar, o www.dja.posadas.gov.ar. También está disponible el formulario de Declaración Jurada utilizado tradicionalmente y que se retira en el área de atención al contribuyente, ubicada en la planta baja del edificio de Rivadavia y San Martín.

Respecto a la multa por no cumplir con la obligación, su monto lo establece el Artículo 128 del Código Fiscal Municipal y, por cierto, dicha Declaración  se exige para cualquier trámite que debe realizar el comerciante en la Comuna.

 

 

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