El diputado Garzón Maceda presentó un proyecto para modificar el artículo del Código Procesal Penal de Misiones que hace referencia a las escuchas telefónicas.
En el proyecto manifiesta que el artículo que hace referencia a la intervención de comunicaciones telefónicas quede redactado de la siguiente manera: “El Juez podrá ordenar, mediante auto fundado y motivado, la intervención de comunicaciones telefónicas o cualquier otro medio de comunicación del imputado, como así también las prórrogas, para impedirlas o conocerlas, tomando todos los recaudos tendientes a garantizar el derecho a la intimidad y privacidad de terceros ajenos a la causa.»
Entre los fundamentos del proyecto, Maceda manifiesta que “la experiencia adquirida como miembro del Jurado de Enjuiciamiento, el análisis de los expedientes y sus incidentes y el consiguiente estudio del artículo en tratamiento me ha permitido establecer que la resolución que ordena la intervención de las comunicaciones telefónicas del imputado deben ser debidamente fundadas por el juez competente, al igual que sus prórrogas, porque se están restringiendo, más bien invadiendo, derechos fundamentales establecidas en la Constitución y tratados internacionales, tales como el derecho a la intimidad y privacidad de los ciudadanos”.
El diputado considera que “si falta esta fundamentación se transita por el sendero de la arbitrariedad, incompatible con un ejercicio racional del poder dentro del modelo republicano. Asimismo todo tipo de comunicaciones del imputado, no solamente las telefónicas sino también como por ejemplo las radio llamadas. A tal fin, estimo correspondería requerir a las empresas prestatarias del servicio de telefonía fija y móvil, los pertinentes informes sobre la titularidad de tales líneas, procediéndose en tal forma, en todos y cada uno de los casos en que tales medidas sean ordenadas”.
Maceda manifestó en el proyecto que “el derecho a la intimidad es un presupuesto de la libertad personal, es el ámbito físico y espiritual que el sujeto requiere para desarrolla







