Al cumplirse el bicentenario de nuestra República y en el afán del perfeccionamiento constante de una democracia plena y en la aplicación de las penalizaciones para quienes infrinjan la Constitución, el diputado provincial José Garzón Maceda del Partido de la Participación Ciudadana (PPC), propone que es condición de idoneidad para ocupar cualquier función de gobierno no haber desempeñado a partir del 24 de marzo de 1976 cargos de responsabilidad política en los regímenes de facto.
Al cumplirse el bicentenario de nuestra República y en el afán del
perfeccionamiento constante de una democracia plena y en la aplicación de
las penalizaciones para quienes infrinjan la Constitución, el diputado
provincial José Garzón Maceda del Partido de la Participación Ciudadana
(PPC), propone que es condición de idoneidad para ocupar cualquier función
de gobierno no haber desempeñado a partir del 24 de marzo de 1976 cargos
de responsabilidad política en los regímenes de facto.
En los fundamentos de esta iniciativa presentada por proyecto de ley y que
deberá concretarse por enmienda de la Constitución, el legislador
consideró que existe una laguna jurídica en lo que atañe a quienes
participaron desde las decisiones, como colaboracionistas de regímenes de
gobierno de facto. Estos ciudadanos no pueden ni deben ser candidatos a
cargos públicos electivos ni designados en cargos políticos.
Agregó que esta normativa es concebida no solamente para impedir el acceso
a niveles de decisión política en la democracia a quienes participaron
desde los mandos militares sino también a los civiles designados para
ocupar cargos políticos, por ejemplo: subsecretarios, secretarios,
ministros, intendentes, gobernadores, asesores, cargos nominados entre
otros.
Esta enmienda tiende a que la sociedad civil sepa que participar en
gobiernos de facto le impedirá participar de los gobiernos democráticos,
evitando con esta norma la desagradable situación de la no aprobación o
impugnación de los respectivos diplomas, casos que nuestra historia
reciente registra.
El proyecto contempla la inhabilitación para ocupar cualquier cargo como
funcionario a todos aquellos que ocuparon cargos de carácter político en
cualquier dependencia de los Estados Municipales, Provinciales y
Nacionales, durante algún gobierno de facto. Quedan exceptuadas aquellas
personas que hubieren accedido a estos cargos en virtud de la carrera
administrativa previa.
Esta propuesta, según Garzón Maceda, guarda coherencia en el plexo
normativo vigente, pues, el artículo 16 de la Constitución Nacional
garantiza la igualdad ante la ley y la admisibilidad en los empleos sin
otra condición que la idoneidad. Esta idoneidad exigida por el precepto
constitucional sin duda debe ser entendida e interpretada a la luz del
nuevo paradigma ético-jurídico expresado en la Reforma Constitucional del
año 1994, a través de la cual los constituyentes han expresado con
elocuencia el valor que se le asigna a la protección del sistema
democrático y al respeto de los derechos humanos del que éste es garante.







