Franco pretende la reforma del Código fiscal posadeño

El intendente de Posadas envió al Concejo Deliberante un proyecto para una reforma total del Código Fiscal donde se destaca un fuerte endurecimiento de la política fiscal El intendente Orlando Franco envió al Concejo Deliberante una amplia propuesta de reforma del Código Fiscal con el objetivo de ampliar la base de contribuyentes y mejorar la recaudación. Se contempla en el texto la sustitución de 151 artículos de la ordenanza 734, vigente desde 2001, introduciendo «adecuaciones, modificaciones e incorporando nuevas herramientas».

La iniciativa busca equiparar las facultades comunales a las de Rentas de la Provincia, que puede embargar, en cualquier momento, depósitos bancarios, valores y fondos en entidades financieras o a allanar las cajas de seguridad de los contribuyentes sin agotar otras vías, usar «agentes encubiertos» y disponer clausuras preventivas. También se obligará a establecer domicilios fiscales alternativos o se los fijará «de oficio» para el contribuyente incumplidor. El uso de la fuerza pública también podrá ser requerido para las inspecciones o allanamientos fiscales.

«El proyecto propone asignar a la administración municipal medidas efectivas contra la evasión y la competencia desleal que implican las operaciones marginales, con miras a asegurar el financiamiento del Presupuesto», destaca el mensaje del intendente.

Se busca «remover obstáculos y eliminar factores que impiden o dañan la percepción en tiempo y forma de la renta municipal».

Responsabilidad de terceros

No solo el evasor estará en la mira, ya que se impondrá a los consumidores finales de bienes, obras y servicios, la obligación de exigir la entrega de facturas por sus compras y la posibilidad de sancionarlos en caso de incumplimientos.

También se actualizan disposiciones sobre «responsables solidarios para integrantes de uniones transitorias de empresas, socios de hecho o irregulares y síndicos de concursos y quiebra. Similar facultad posee actualmente la Dirección General de Rentas provincial.

También se podrá citar a contribuyentes y responsables o a terceros para contestar o informar sobre ventas, ingresos, egresos y datos de las operaciones que a juicio del organismo fiscal estén vinculados al hecho imponible previsto por el código.

Se incorpora la sanción de clausura por no entregar o emitir facturas, no llevar registros de sus adquisiciones por encargar o transportar mercaderías sin documentación de respaldo.

La Municipalidad podrá secuestrar mercadería o bienes o clausurar empresas por irregularidades impositivas.

La sanción por el decomiso puede ser reemplazada por multa graduada entre un 40 y 60 por ciento del valor de la mercadería transportada y llega al 80 por ciento en caso de estar firme.

También se le pide al Concejo que faculte a la Municipalidad a través del organismo fiscal y las secretarías pertinentes para reglamentar aspectos atinentes a cuestiones administrativas de naturaleza operativa y fiscal, «tendiente a dinamizar las acciones en cada área competente de la comuna para hacer más eficaz el cumplimiento de las funciones».

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