Presentan proyecto para prohibir acuerdos extrajudiciales en la Municipalidad de Posadas

A raíz del caso Galeano, el concejal Ricardo Skanata presentó un proyecto de ordenanza, donde se prohíbe en todo el ámbito de la Municipalidad de Posadas, acordar extrajudicialmente el pago de deudas por honorarios profesionales correspondientes a abogados que intervengan en procesos judiciales en los que el municipio sea parte, antes de que exista regulación judicial firme que condene al municipio.

Se establece también que el único órgano que podrá autorizar pagos extrajudiciales proveniente de deuda reclamadas en juicios y/o provenientes de honorarios de abogados intervinientes en ellos, es el Concejo Deliberante, una vez analizados los antecedentes del caso y previo dictamen del abogado que entiende en el proceso.

Fundamentos

El concejal se refiere a lo que fue revelación periodística hace unas semanas, del acuerdo suscripto entre el gobierno provincial y un particular, por el cual se autorizó el pago de honorarios profesionales de un abogado, aún cuando los mismos no se hallaban regulados.

Que, el pago referido ha sido aprobado por decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 2709 del 21-11-07, que ratifica un acuerdo de pago transaccional de honorarios.

Amén de la connotación política que la decisión lleva, al tratarse de honorarios de un diputado de la provincia y sin perjuicio de que la transacción es en beneficio de un tercero, la misma ha generado todo tipo de rumores ya que se trata de una causa que no se encuentra terminada.

Pagos como el aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial generan desigualdades significativas entre los acreedores del estado que han visto dilatar en el tiempo el pago de sus acreencias, mediante leyes y decretos de emergencias, consolidaciones y demás medidas por las cuales el estado ha decidido no asumir o dilatar sus obligaciones.

En este orden, autorizar un pago de honorarios sin una previa regulación, genera una desigualdad que el estado debe evitar, toda vez que existen innumerables sentencias por las cuales el estado ha sido condenado al pago de honorarios cuyas sentencias se encuentran firmes y que, como se dijera, el Poder Ejecutivo ha evitado afrontarlas respaldándose en normas de emergencias.

Oportunamente el Colegio de Abogados de la Provincia, ha denunciado esta situación de injusticia y desigualdad ante la Federación Argentina de Colegios de Abogados, colocando a la provincia de Misiones en el escenario nacional como protagonista de hechos sospechados de corrupción y rayanos con la ética.

Con el fin de evitar la repetición de hechos como el descrito en el ámbito municipal, el presente proyecto pretende prevenir sobre este tipo de situaciones, evitando los arreglos extrajudiciales en los juicios en que el municipio sea parte, hasta que exista sentencia condenatoria firme.

Para el caso de que exista la necesidad de producir un acuerdo extrajudicial en algún proceso, la norma prevé la autorización del mismo por el Honorable Concejo Deliberante, evitando de ésta manera suspicacias y acuerdos extrajudiciales oscuros que no hacen otra cosa que poner en riesgo el prestigio de las instituciones democráticas.

De la misma manera el presente proyecto pretende poner límites al pago de honorarios profesionales, exigiendo previamente regulaciones judiciales firmes y/o en su caso la firma de convenios previamente autorizados y aprobados por el Concejo Deliberante.

Por lo expuesto es que solicita a sus pares la aprobación de éste proyecto de ordenanza.

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