El Sigunara afirma que los documentalistas franceses no contrataron guardaparques nacionales

La comisión directiva del Sindicato de Guardaparques nacionales realizó algunas aclaraciones respecto de las denuncias por estafa realizadas al equipo de filmadores franceses en Iguazú. A continuación la reproducción textual del comunicado de prensa. «Distintos medios de prensa nacionales, provinciales y locales se hicieron eco de varias denuncias por estafa en contra del famoso documentalista francés Yann Arthus Bertrand. Dicho profesional y su grupo de filmación del programa televisivo «Vu du Ciel» fueron denunciados ante la policía de Puerto Iguazú por falta de pago de servicios de alojamiento y de logística devengados por los trabajos en la región y especialmente entro del Parque Nacional Iguazú.

Cabe aclarar que el referido equipo francés de la «Societé Européenne de Production» fue autorizado a filmar el documental de carácter ecológico por la intendencia del PARQUE NACIONAL IGUAZÚ previa intervención de la Dirección Nacional de Conservación de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES. Asimismo se exigió el pago del canon previsto para este tipo de eventos consistente en $12.000 mas $12.000 en concepto de garantía: total 24.000 pesos, lo cual fue debidamente cumplido. En otros parques nacionales (Nahuel Huapi y Los Glaciares) la misma productora fue expresamente eximida de pagar dicho canon por Resolución del Directorio.

Los medios mencionan que una de las denuncias la habría efectuado el «Guardaparque» de Parques Nacionales Justo Ramón Herrera quien manifiestó haber sido estafado personalmente por un valor de $ 500 correspondiente a sus servicios de guiado y además por no haber «donado» la productora en cuestión una Notebook «como herramienta útil para la labor de los guardas» (Clarín, Policiales, 23/02/2008), conforme a lo requerido por el citado agente previamente a la filmación como contrapartida por los servicios de logística.

Como nuevamente se utiliza el nombre de los Guardaparques para facilitar este tipo de maniobras, es necesario aclarar que el agente Herrera utiliza el nombre de Guardaparque pero no presta servicios como Guardaparque ni depende de la Jefatura del Cuerpo de Guardaparques de Iguazú, encontrándose a cargo de la coordinación del Centro de Investigaciones Ecológicas subtropicales.

Lo convenido o pactado con la productora francesa lo hizo en su propio nombre, conveniencia personal y bajo su exclusiva responsabilidad. Dicho proceder se encuentra expresamente prohibido para los agentes de la Administración Pública nacional por el artículo 24 de la ley 25.164.

La referida norma establece: «El personal queda sujeto a las siguientes prohibiciones….a) Aceptar dádivas, obsequios u otros beneficios u obtener ventajas de cualquier índole con motivo u ocasión del desempeño de sus funciones.»

También es importante aclarar que no hubo ninguna reunión en las dependencias de Parques Nacionales, en Puerto Iguazú o el Área Cataratas, donde se tratara pagos extras fuera del canon reglamentario.

Es de esperar que la Administración de Parques Nacionales inicie el sumario administrativo correspondiente para determinar la responsabilidad que le cabe al referido agente».

Puerto Iguazú, 27 de febrero del 2.008

Comisión directiva del Sigunara

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