Inédita decisión judicial frena conformación de sociedades

Varios fallos de la jueza Civil y Comercial Gabriela Canalis generaron preocupación en el sector empresario. No permite sociedades en las que el socio minoritario posea menos del 10% de las acciones

Controvertido. El fallo de la jueza pone bajo la lupa la conformación de sociedades conocidas como de “cómodo”.

Controvertido. El fallo de la jueza pone bajo la lupa la conformación de sociedades conocidas como de “cómodo”.

[su_note note_color=»#cdcdcd»]Hasta el club Boca Juniors se vio afectado por la nueva doctrina judicial sobre las sociedades[/su_note]Una inédita postura judicial frenó la conformación de al menos medio centenar de sociedades, lo que generó controversia en los ámbitos judiciales y empresariales. La jueza del Civil y Comercial 1, Gabriela Fernanda Canalis, comenzó a rechazar la conformación de sociedades en las que el socio minoritario no alcanzaba el diez por ciento de las acciones de la futura empresa.

Basada en fallos de la justicia de Buenos Aires, que avalaron una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ), la magistrada rompió así una tradición empresarial y generó molestias en el sector, ya que no fueron «alertados» de la nueva doctrina. Los fallos rechazando estas sociedades comenzaron en 2005 y afectaron a inmobiliarias, Coca Cola y hasta una sociedad creada por el club de fútbol Boca Juniors con la mutual de ex jugadores, que tenía el uno por ciento de las acciones de «Boca crece».

La magistrada misionera, haciéndose eco de los fallos de colegas bonaerenses avalados por tribunales superiores, considera que este tipo de sociedades configuran una «sociedad de cómodo», esto es, tratarse la sociedad de un mero instrumento o «comodidad» de su controlante o dueño, para evitar la responsabilidad solidaria e ilimitada de éste, responsabilidad que es la propia del comerciante o empresario individual.

Según trascendió, habría más de 50 sociedades que se frenaron en los últimos meses por la decisión de la jueza en Misiones. Entre ellas habría pequeños comercios y grandes empresarios.

Sin embargo, son varios los abogados, contadores y escribanos que se encuentran analizando las resoluciones de la magistrada para realizar la correspondiente apelación, ya que sentaría precedentes y no hay jurisprudencia que la sostenga. De hecho, la ley de Sociedades Comerciales, aunque con muchas «lagunas», permite la conformación de sociedades 99 a 1.

En varios casos, también la Dirección de Personería Jurídica había dado la conformidad administrativa a las sociedades que luego fueron rechazadas por la magistrada.

Los abogados de varias empresas consultadas consideraron que debe realizarse primero una apelación ante la Cámara correspondiente y después al Superior Tribunal de Justicia, ya que la legislación vigente permite la conformación de este tipo de sociedades. Por su parte, la jueza considera que en una sociedad 99 a 1 no hay un verdadero ánimo societario y efectivo interés en ejercer un dinámico y decisivo control en la administración y el gobierno de la sociedad, y activa intervención en la gestión de la empresa.

En cambio, según los abogados consultados, desliza la sospecha de una presunción de fraude, ya que en caso de quiebra o de reclamos a la sociedad, la parte minoritaria puede alegar no tomar parte en las decisiones de la mayoría.

La magistrada está de feria y recién retomará sus actividades esta semana.

«La queja no es por la nueva doctrina que se está aplicando, sino porque no hay una legislación que sea unánime en ese sentido. No se avisó a los colegios profesionales de la nueva política y hay incoherencia con otros organismos, como la Dirección de Personerías Jurídicas, que avala la conformación de este tipo de sociedades», relató un apoderado de una de las sociedades frustradas.

Más enojado, uno de los empresarios afectados, consideró que la jueza «se mete en la vida interna de las empresas y coarta la libertad de asociación expresada en la Constitución nacional».

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