Ya es ley la Educación sexual obligatoria en las escuelas públicas y privadas

En la última sesión ordinaria de la Cámara ayer fue sancionado el dictamen del proyecto de ley que establece la enseñanza obligatoria, sistemática y gradual de la Educación Sexual Integral, para los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada, dependientes del Consejo General de Educación y del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia, en todos sus niveles. En el texto de la ley se define como Educación Sexual Integral a la tarea pedagógica que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos, y éticos relativos al ser humano y su sexualidad, con el objeto de promover el bienestar personal y social.

Asimismo, se establece que el Consejo General de Educación y el Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia, según corresponda, serán la autoridad de aplicación de la ley.

Los contenidos de la educación sexual están orientados a favorecer el desarrollo de una sexualidad sana, libre, responsable y sin coerciones; generar conciencia acerca de la necesidad de preservar la salud sexual con el fin de capacitar al alumno para adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia, en la vida sexual; brindar información científica, precisa, actualizada y adecuada al desarrollo de los educandos, acerca de las distintas etapas involucradas en la educación sexual integral; conocer las normas que rigen toda conducta humana, relacionadas al comportamiento sexual; favorecer la comprensión del valor de la familia en la formación de vínculos sanos, respetando la diversidad sociocultural; favorecer el desarrollo de actitudes preventivas, a partir del conocimiento de la realidad y las normas que la regulan, a efectos de eliminar todo tipo de explotación sexual, trata de personas, abuso y violencia en cualquiera de sus manifestaciones; contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, especialmente aquellas de alta incidencia, prevalencia y mortalidad; generar conciencia respecto a la participación femenina en la toma de decisiones relativas a la salud sexual; contribuir a la disminución de la morbimortalidad materno infantil; y favorecer la formación de criterios propios afirmados en bases sólidas de creencias y valores.

Además, se determina que la autoridad de aplicación debe desarrollar, convocando a especialistas en la materia, actividades de capacitación permanente destinadas a los docentes de los niveles alcanzados por la ley, en forma gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación docente.

Por otra parte, se establece que la Educación Sexual Integral debe incluir a los padres en sus programas. El Consejo General de Educación y el Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia deben garantizar la oferta de actividades de formación y reflexión para padres, madres, tutores y/o responsables legales respetando las convicciones de cada comunidad educativa.

La sanción corresponde al dictamen emitido en forma conjunta por las Comisiones de Educación, Cultura y Deporte; y de Salud y Seguridad Social; que integra los proyectos presentados por los diputados Pablo Hulet, Sandra Montiel, Celia Giuliani, Sandra Giménez y Mercedes Oviedo.

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