El diputado provincial Ricardo Biazzi (PJ) elaboró un proyecto de ley para su tratamiento en la Cámara deRepresentantes, en el que se derogan los artículos 7 y 8 de la Ley4305 que restableció el año pasado, la vigencia del régimen electoral de lemas en el ámbito de los municipios de la provincia. Entre los fundamentos de la iniciativa, el legislador sostiene que:
«con el acto comicial del pasado 28 de octubre, y los resultados
definitivos conocidos al concluirse el escrutinio definitivo, concluye
el tiempo electoral y se avecina una nueva etapa institucional en la
provincia. Existe, sin embargo, una notoria coincidencia en la
sociedad misionera en general, y en los diversos sectores políticos
que la expresan, en particular, acerca de la vulnerabilidad del
régimen electoral de lemas aplicado para la votación de autoridades
municipales y la consecuente necesidad de sustituirlo.
«En consecuencia, y respondiendo a las demandas formuladas en tal
sentido, resulta imperioso que dejemos sin efecto de inmediato dicho
régimen electivo que ha mostrado claramente sus falencias. La llamada
«Ley de Lemas» para el ámbito municipal fue reestablecida en su
vigencia mediante la sanción de la Ley Nº 4.305, en el transcurso de
junio del año 2.006 a propuesta de los legisladores del bloque
renovador. Y si bien en la Comisión de Asuntos Constitucionales
primero, y durante su tratamiento en el recinto después, desde la
oposición rechazamos la iniciativa, la mayoría oficialista no solo
impuso el reestablecimiento de la vigencia de la Ley Nº 2771 y sus
disposiciones complementarias, sino que, agudizando aún más las fallas
de dicha legislación, incluyó modificaciones por las que se eliminaron
condiciones o recaudos que profundizaron los aspectos negativos de la
misma.
La legislación definitiva que este Cuerpo sancione en materia
electoral, deberá ser producto de una profundo y racional análisis de
las ventajas y desventajas comparativas de los distintos sistemas
electorales posibles de suerte tal de reflejar adecuadamente la
voluntad del electorado. Hasta tanto ello ocurra, resulta
imprescindible derogar ya la cuestionada legislación aplicada en el
último comicio. Así, pues, proponemos por el artículo primero del
presente proyecto, derogar los artículos 7 y 8 de la Ley Nº 4305 que
reestableció la vigencia del sistema de lemas para el ámbito
municipal. Y por el artículo segundo reestablecer la vigencia de los
tres artículos que integraban el titulo XXIII de la Ley Nº 4080,
retornando de esta manera, a candidaturas y listas únicas por partido
y para cada cargo».
Modificar el Regimen Electoral
Simultáneamente a su propuesta, Biazzi elaboró otro proyecto, en este
caso de resolución, propiciando crear la «Comisión Especial para el
Estudio y Modificación del Régimen Electoral de la Provincia de
Misiones», en los términos y con los alcances del artículo 48 del
Reglamento de ésta Cámara. Propone que la Comisión tenga un plazo de
vigencia de 180 días corridos para realizar su trabajo, y que se
integre por un número impar de miembros que serán propuestos por los
distintos bloques en la sesión respectiva, de forma tal que todos los
sectores políticos estén representados respetando el principio de
proporcionalidad.
Para el legislador la Comisión Especial para el Estudio y Modificación
del Régimen Electoral de la Provincia de Misiones», tendrá como
objetivos: 1º) Recopilar y analizar todos los proyectos legislativos e
iniciativas particulares vinculadas a la cuestión presentados ante la
Cámara; 2º) Producir un relevamiento de los antecedentes legislativos
nacionales y extranjeros en la materia; 3º) Convocar a funcionarios
públicos y académicos especialistas en sistemas electorales para que
aporten sus conocimientos y sugerencias especificas; 4º) Realizar
entrevistas a personas y organizaciones no gubernamentales dedicadas
al mejoramiento de la calidad institucional y 5º) Sistematizar la
información recopilada, producir un informe con las conclusiones
respectivas al Cuerpo y, eventualmente, formular una propuesta con las
modificaciones a la legislación vigente.
Para evitar toda erogación, Biazzi propone que la Comisión Especial
desarrolle su tarea en ámbito físico y con la estructura
administrativa que tiene asignada la Comisión de Asuntos
Constitucionales, de los Derechos Humanos, Municipales, Juicio
Político e Integración. Por otra parte, dicha comisión deberá
publicar todos los informes en el sitio web de la Cámara de
Representantes y en soporte papel, para facilitar el conocimiento de
la población en general así como su distribución a las entidades y
ciudadanos interesados en particular.
En los fundamentos de este proyecto, complementario del anterior,
Biazzi expresa que: «Sin perjuicio del proyecto de ley presentado y
por el cual propiciamos la inmediata derogación del Régimen Electoral
de Lemas en el ámbito municipal, resulta oportuno generar en esta
Cámara de Representantes un espacio institucional destinado a
transitar el camino impostergable hacia el
mejoramiento del régimen electoral general de la provincia para
permitir, así, se pueda reflejar del mejor modo posible la voluntad
del electorado, fortaleciendo sus grados de participación y
credibilidad. Superar el pasado y sus errores, profundizar los
valores democráticos y republicanos, y formular preocupaciones por la
calidad institucional parecieran ser declamaciones lanzadas con
frecuencias desde la política, pero el mayor desafío no lo constituye
ya el anuncio de tales compromisos pendientes sino la ejecución
concreta de alternativas superadoras. La nueva etapa institucional que
se inicia en Misiones, tras el reciente proceso electoral vivido,
importa una buena oportunidad para la tarea señalada. Especialmente,
teniendo en cuenta la distancia temporal que nos separa de las
próximas contiendas electorales, siempre cargadas de motivaciones e
intereses que conflictuan un debate de estas características».