Ecología controlará aserraderos

El Ministerio de Ecología informó que los agentes destacados en las delegaciones y los que integran el departamento de Control Forestal están facultados para constuitirse en los inmuebles privados y públicos donde se constate actividad forestal, para cumplir con las inspecciones ordenadas, sin que para ello sea necesaria la autorización judicial. La Ley Forestal N° 854 determina en su artículo 58 que «la dirección general de Bosques inspeccionará periódicamente los obrajes en propiedad privada y fiscal a los efectos de constatar el cumplimiento de lo establecido en los planes de ordenación forestal con las normas forestales vigentes».

El artículo 59 de la citada ley indica que «la dirección general de Bosques inspeccionará peródicamente los establecimientos industriales, depósitos y comercios de productos y subproductos forestales para constatar el origen y la documentación que acredite la tenencia de los mismos».

En virtud de la normativa citada, pueden ser inspeccionados los aserraderos por el personal del Ministerio de Ecología que es agente de control, sin una autorización judicial.


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