Endurecen con más sanciones el Código de Nocturnidad

A través de un nuevo decreto, el Ejecutivo Municipal aumentó las multas para los infractores. También fijó restricciones para los mayoristas y deliberys y creó un Registro Municipal para la venta de alcohol. [su_note note_color=»#cdcdcd»]Con la nueva norma, los deliberys tampoco podrán entregar alcohol de 0 a 8, en la vía pública.[/su_note]Los comerciantes interesados en vender bebidas alcohólicas en la ciudad de Posadas deberán cumplir con disposiciones más severas de ahora en más, en vista de la modificación del decreto conocido como Código de Nocturnidad.

A cinco meses de la aplicación del decreto 1.320, apareció otra normativa (564) que endurece el Código y apunta sobre todo, a aumentar las sanciones hacia los infractores.

La presentación de los cambios, fue realizada por el intendente de Posadas, Jorge Brignole. «Llegamos a la conclusión de que debíamos agregar algunos artículos para hacer más efectivo el control de la venta de bebidas alcohólicas a menores», dijo el intendente. Brignole sostuvo que el Código fue exitoso, y justificó el hecho en «que atacamos al vendedor».

Entre las modificaciones más importantes, se establece: que las sanciones a los infractores contemplarán clausura efectiva. Así, el artículo 11 establece que a la primera infracción, la multa será de 1500 unidades de combustible y diez días de cierre; por una segunda infracción el comerciante deberá pagar 3000 unidades y será clausurado por 20 días y al tercer incumplimiento la multa asciende a 5000 unidades y cierre definitivo. «Comos los jueces de Faltas establecen la posibilidad de pagar las multas en cuotas, suele suceder que con el pago de la primera se reabre el comercio. Nosotros queremos que el comerciante sienta en el bolsillo el incumplimiento», agregó el jefe comunal.

Por otra parte se incorporó el artículo 23, en el que se establece que los servicios de delivery no podrán entregar bebidas alcohólicas entre las 0 y las 8, en la vía pública.

En tanto, el artículo 28 dispone sanciones para las empresas mayoristas que vendan a locales que no están habilitados. A la primera infracción deberán pagar 10 mil unidades de combustibles, a la segunda; se abonarán 20 mil unidades y la clausura será de cinco días; a la tercera, la sanción será de unos 80 mil pesos y se lo clausurará por diez días; en tanto que a la cuarta infracción la multa ascenderá a 100 mil pesos y cierre definitivo.
Otro de los artículos que se añade al Código, es el 29. En él se establece que está prohibido que un distribuidor mayorista inscripto en otro municipio venda bebidas alcohólicas en Posadas.

Pago de canon

«A partir de ahora todos los negocios de Posadas que quieran vender bebidas alcohólicas deberán inscribirse en la Municipalidad», advirtió el intendente Jorge Brignole. Esa idea está plasmada en el artículo 25, que se suma al Código y que establece la creación de un Registro Municipal para la Venta de Bebidas Alcohólicas, en el ámbito de la Dirección de Medio Ambiente Urbano.

La licencia tendrá una duración de un año. El plazo para inscribirse en el registro vence el 31 de agosto de este año. En este sentido, la Municipalidad competirá con el Ministerio de Gobierno. «Para nosotros el único papel que vale es el de la Municipalidad», dijo Brignole. Para obtener la licencia hay que pagar un canon, que según la categoría del local variará entre 150 y 1500 pesos.

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