Incertidumbre por la reforma a la ley de Riesgos del Trabajo

En Posadas, decenas de pymes que fueron demandadas a raíz de accidentes de trabajo, podrían ir a la quiebra. Expertos advierten que se necesita una nueva norma que aclare las dudas que viven empresarios, trabajadores y aseguradoras. Al menos unas cien pymes posadeñas podrían ir a la quiebra si la justicia decide respaldarse en el polémico fallo «Aquino». Los accidentes de trabajo se encuentran a la orden del día, y hoy no se sabe cuál es el costo argentino si ocurre algún incidente de estas características.

Desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso con el fallo «Aquino» un cambio sobre el régimen de riesgos de trabajo, quedó marcado el fin de un sistema que operó durante casi diez años. Especialistas en derecho laboral coinciden en la necesidad de un nuevo ordenamiento legal que aclare la situación de «incertidumbre» que viven empresarios, trabajadores y aseguradoras.

Diferentes abogados especialistas en derecho laboral consultados por Misiones On Line, aseguraron que es necesario que el proyecto de reforma de la ley 24.557 sea aprobado cuanto antes por el Congreso Nacional. Para que de esta manera se adecue el ordenamiento jurídico a la nueva tendencia jurisprudencial sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Algunos especialistas consideran que si no se modifica la Ley de Riesgos del Trabajo, se fomentaría la industria del juicio y por lo tanto muchas pymes podrían quedar en la quiebra. Mientras hay quienes consideran que la indemnización por la vía civil no debe tener un techo, los abogados de las empresas demandadas sostienen que es impensable no establecer límites.

«La adecuación es algo necesario, se viene hablando en los congresos hace rato, hay que reformar la legislación», afirmó el abogado especialista en derecho laboral, Sergio Francisco Kalisz, del estudio Kalisz y González. El letrado resaltó que otro de los puntos importantes que hay que tener en cuenta es la «competencia provincial en materia del riesgo de trabajo. Se debe reconocer la competencia provincial».

Kalisz es uno de los especialistas que no cree que el caso «Aquino» sea un disparador de la «industria del juicio». «El IPS quedó destruido justamente por los que buscan la industria del juicio», observó.

Por otra parte, el doctor César Oscar Mega, del estudio Mega y Asociados, descartó que pueda suscitarse una industria del juicio ya que «el estado tiene suficientes elementos para controlar y verificar que se cumpla todas las condiciones sin que al trabajador se lo prive de tener una justa indemnización».

El letrado respaldó la jurisprudencia que marcó el caso «Aquino», y remarcó el «rol social» que debe tener el Estado a la hora de legislar. «No se le puede negar a nadie el acceso al derecho Civil. Un obrero accidentado termina siendo una carga para el Estado. Ahora hay que equilibrar los fallos de algunos magistrados y las fortunas exorbitantes que piden los abogados».

Como buscando el justo medio de las cosas, Mega señaló que «el Estado tendría que de alguna manera compensar a las empresas la diferencia que pudiera tener para no afectar el sistema productivo, ni llevar a la quiebra a la aseguradora».

El fin de una década

En el fallo «Aquino», en septiembre último, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la ley 24.557, norma que dispone que el empleador está eximido de toda responsabilidad civil, salvo dolo, frente al accidente laboral sufrido por un trabajador.

Así, la Corte entendió que viola la Constitución «la limitación impuesta en relación con la responsabilidad civil del empleador, por cuanto se aparta de la concepción reparadora integral, ya que no admite compensación por ningún otro daño que no sea la pérdida de la capacidad de ganancia del trabajador». Desde el caso «Aquino», los tribunales inferiores del fuero laboral han receptado los criterios del Alto Tribunal en casos similares.

A medida que transcurre el tiempo y no se modifica el ordenamiento legal que regula los accidentes en el trabajo «el problema se agrava», porque «hay un importante caudal de juicios».

Algunos de los profesionales consultados, consideran que la reforma debería contemplar la posibilidad que los empleadores puedan contratar seguros de responsabilidad civil, algo que hoy tienen prohibido.

La necesidad de permitirle a los empleadores contratar esos seguros, les implicaría un mayor costo. Buscar en forma simultánea la cobertura de las ART para las prestaciones en especie y los seguros de responsabilidad civil para las indemnizaciones, significaría un mayor costo para cualquier empresa y esto atentaría contra la generación de nuevos empleos.

Un fallo K

En el fallo «Aquino» la Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del artículo 39, apartado 1), de la ley 24.557, de Riesgos del Trabajo, norma que dispone que el empleador resultará eximido de toda responsabilidad civil, con la sola excepción de la responsabilidad derivada del dolo previsto en el artículo 1072 del Código Civil, esto es, cuando el empleador actuare con intención de dañar.

La Corte entendió que es inconstitucional la limitación impuesta con relación a la responsabilidad civil del empleador, por cuanto se aparta de la concepción reparadora integral, ya que no admite compensación por ningún otro daño que no sea la pérdida de la capacidad de ganancia del trabajador.

De esta manera entró en crisis el sistema de riesgos del trabajo que imperó en los últimos diez años, cuando se pusieron en marcha las llamadas «Aseguradoras de Riesgos del Trabajo», que permitían al empleador limitar su responsabilidad civil por accidentes de trabajo, dejando en manos de las aseguradoras el pago de las indemnizaciones.

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