Suspenden ejecuciones hipotecarias por ley

Otra norma con sanción en la sesión del jueves a la noche es la referida a la determinación de suspender excepcionalmente -hasta el 31 de diciembre de este año 2005- «los procesos de ejecuciones hipotecarias que tenga por objeto la vivienda única de uso permanente y domicilio real de su titular y/o grupo familiar, como así también todo trámite de ejecución de gastos y costas relacionada con las mismas».
La presentación llevó la firma de los presidentes de todos los Bloques que componen la Cámara de Representantes también establece que «la suspensión dispuesta en la presente Ley debe ser solicitada por la parte interesada y acreditarse los extremos señalados en el artículo anterior, la que se correrá traslado a la contraria por el término de cinco días, admitiéndose en tal caso, la incorporación únicamente de prueba documental, corrido el traslado o vencido el plazo para contestar el mismo, el juez debe resolver».
Y que «durante la vigencia de esta Ley quedan prorrogados automáticamente todas las registraciones dominiales de las garantías, y no impedirá la imposición y el mantenimiento de medidas cautelares en garantía de créditos».

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