Polémico cambio en el sistema de amparos aprobado por ley anoche

La modificación de la ley de amparo en Misiones es claramente anticonstitucional. El artículo 45 inciso tercero de la Constitución provincial señala que el Superior Tribunal de Justicia, dentro de sus atribuciones, «conoce y resuelve originariamente en lo contencioso-administrativo, de acuerdo a lo que establezca la ley de la materia, pudiendo mandar cumplir directamente su sentencia por las oficinas, funcionarios o empleados respectivos».
Además, la Constitución no se puede cambiar si no es por medio de una enmienda y a través de una reforma en la que sólo se puede modificar un artículo cada dos años.
«Si vamos a hacer una modificación de la Constitución vamos a hacerla como corresponde, no cuando tenemos ganas, y de manera irrazonable», comentó la diputada del Frente Renovador, Marlene Carvallo.
Ahora, como consecuencia de los cambios que introdujo el diputado del MAP, Jorge Galeano, con el apoyo de radicales y justicialistas, los juzgados de primera instancia van a estar plagados de amparos contenciosos y administrativos a pesar de no tener competencia.
La reforma apunta directamente a las arcas del Gobierno provincial, ya que el número de causas contra el Estado podría aumentar considerablemente.
«Hay algunos diputados que no sólo quieren restarle competencia al Superior Tribunal, sino que además quieren darle atribuciones a otros y así constituir nuevos Poderes. Pero son cuestiones políticas», señaló un ministro de la Corte misionera.

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