Controlarán contraprestaciones de los planes Jefes y Jefas de Hogar

El programa jefas y jefes de Hogar Desocupados ha sido creado a través del decreto Nº 565/02 del Poder Ejecutivo nacional y la normativa complementaria que reglamenta su ejecución, elaborada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación. Establece una gestión descentralizada otorgando a los gobiernos locales: municipios y comunas un rol relevante en la administración de proyectos y beneficiarios, así como la responsabilidad de asegurar la accesibilidad al programa, la transparencia en la ejecución y la adecuada focalización. Teniendo en cuenta los distintos reclamos presentados en el área, ante la imposibilidad de ubicar a los beneficiarios del Plan jefe/fa de Hogar, pues la mera recepción de certificaciones (si fuera entregada) no garantiza el cumplimiento de la contraprestación, debido a que cuando estas se reciben son archivadas sin un relevamiento y control de las mismas, resulta imprescindible un replanteo estructural, a los efectos de implementar nuevos procedimientos para lograr la optimización en el funcionamiento del programa desde la Municipalidad de Posadas, buscando la transparencia en la gestión y administración de los recursos provenientes del Estado.

Para lograr este objetivo, el municipio implementará los mecanismos necesarios para el control de dichas contraprestaciones, a los efectos de garantizar que el aporte que realicen los adjudicatarios del plan, cumpla en forma fehaciente, las condiciones estipuladas para ser beneficiarios del mismo.

El municipio tomando en consideración los dictámenes del Consejo Consultivo local, concebidos para la optimización en la ejecución e implementación del plan jefe/fa de Hogar conformará comisiones de monitoreo con personas designadas por el Consejo Consultivo municipal, que serán los responsables de confeccionar listado de instituciones, llevar el registro de firmas autorizadas, avaladas por el Consejo Barrial y el Consejo Consultivo Municipal, para certificar a los beneficiarios.

Se realizarán visitas semanales a las distintas instituciones a los efectos de informar sobre inconvenientes que se detecten respecto a la contraprestación de los beneficiarios como también responsables de certificar, presentando informes de verificación en el Consejo Consultivo para controlar la veracidad de dichas verificaciones.

Amparados en la resolución 808/2004 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, que reglamenta la responsabilidad del CCM para controlar la implementación del programa. En los casos donde se detecten irregularidades, el CCM podrá solicitar la suspensión provisoria del beneficio otorgando un plazo de treinta días al beneficiario para desvirtuar dicha irregularidad.

En caso de no presentarse la descarga pertinente se solicitara la baja del beneficio; estas irregularidades pueden ser por ejemplo personas que certifican y no están avaladas por el consejo barrial y reconocidas por el CCM, las instituciones no podrán tener más de cinco beneficiarios que realicen la contraprestación, beneficiarios que no cumplan con las horas y días establecidos para contraprestar, entre otras irregularidades.

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