Modifican las subrogancias en Cámaras Federales provinciales

[su_note note_color=»#cdcdcd»]En la Cámara de Apelaciones del fuero Federal de Posadas hay un puesto vacante.[/su_note]El plenario del Consejo de la Magistratura Nacional modificó el Reglamento de Subrogaciones de los tribunales inferiores de la Nación para las vacantes de hasta 60 días corridos. El objetivo de la medida es dar mayores alternativas a los reemplazos transitorios. En la Cámara de Apelaciones del fuero Federal de Posadas hay un puesto vacante.

A partir de ahora, un juez Federal titular de segunda instancia, un juez federal titular de primera instancia, un magistrado jubilado de segunda instancia, un abogado de la matrícula federal que reúna las condiciones legales para ocupar el cargo o un secretario de cámara podrán subrogar a un camarista por el plazo de 60 días corridos, contados desde el momento en que se produzca la vacante.

El reemplazo durará hasta que cese la ausencia del camarista o venza el plazo de sesenta días. Además, el designado será excluido de futuros sorteos para el caso de otras vacantes transitorias.

El pasado 14 de abril, en su último plenario, el Consejo modificó así el Reglamento de Subrogaciones de los tribunales inferiores de la Nación, que el mismo cuerpo había aprobado en la resolución 76/04.

La decisión fue tomada en razón a diversos planteos, formulados por distintos tribunales de todo el país, y para dar mayores opciones en las vacantes que se presenten.

Cabe recordar que el año pasado, el Consejo, mediante la resolución 232/2004, modificó el Reglamento de Subrogaciones de los tribunales de la Nación, aprobado por Resolución Número 76/2004, permitiendo a los secretarios ser tenidos en cuenta a la hora de cubrir vacantes en juzgados.

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