Está vigente el registro de viveristas

Con el fin de lograr una mayor eficacia en el control del aprovechamiento de recursos no maderables y para evitar el empobrecimiento de la biodiversidad de la provincia, el Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo ha establecido un régimen que incluye registros y guía. Es cada vez mayor el movimiento de productos derivados del aprovechamiento de recursos no maderables, de viveros de especies nativas, de estaciones de psicultura, de plantas de acopio y envasados de plantas medicinales, de colecciones de orquídeas y otros.

La disminución o desaparición de muchas especies se debe al comercio indiscriminado o a prácticas extractivas desordenadas que alteran los medio naturales.

Se hace necesario evitar el empobrecimiento de la diversidad biológica y para ello se ha establecido un régimen de documentación que ampare la tenencia y transporte de los productos descriptos.

El Ministerio de Ecología RNR y Turismo es la autoridad de aplicación y para ello ha instrumentado el Registro Provincial de Plantas Ornamentales y Otras. Todas las personas físicas o jurídicas que desen establecer un centro de propagación, vivero de cultivos o colección de plantas ornamentales nativas, deben inscribirse en ese registro.

La resolución Nº 822 del 2004 establece además para el traslado de productos no maderables un sistemas de guías, que es utilizado para amparar la tenencia de los mismos y sirve como medio de control del movimiento de recursos naturales.

Los productos y viveristas deben concurrir para registrar y cumplir con el trámite de guía a la sede del Minsiterio de Ecología o a las delegaciones del interior de la provincia.

REGISTRO DE OBRAJEROS
El Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo informó que el día 1º de junio vence el plazo para la inscripción en el Registro de Habilitación de Obrajeros. Quienes trabajan en el aprovechamiento del monte nativo, en predios de supeficies mayores a 300 hectáreas deberán registrarse antes del vencimiento.

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