Proponen un proyecto de modificación para ley provincial de bosques N° 854

La propuesta es del Movimiento Ecologista Tamanduá y fue presentada a la Cámara de Diputados. El proyecto apunta a una mejor aplicación de algunos aspectos de esta normativa provincial que regula el aprovechamiento de los bosques de la provincia, especialmente en lo que hace a las obligaciones de reforestación. El Movimiento Ecologista Tamanduá, con el asesoramiento legal de Itatí Jones, presentó al presidente de la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de Misiones, una propuesta modificatoria a Ley N°854 de conservación y aprovechamiento de Bosques Nativos.

El proyecto apunta a una mejor aplicación y mejoramiento de algunos aspectos de esta normativa provincial que regula el aprovechamiento de los bosques de la provincia, especialmente en lo que hace a las obligaciones de reforestación.

La normativa, en su decreto modificatorio N°1459 dice con claridad que obliga a la reforestación en relación a la cantidad y calidad de madera extraída de acuerdo a la clasificación que al efecto realiza la Dirección General de Bosques, del Ministerio de Ecología.
En su artículo 5 señala que:
a)plantación en macizo o cortina de cinco árboles nativos o exóticos por cada metro cúbico de madera de especies de primera calidad extraída.
b)lo mismo para la madera de segunda calidad, pero solamente tres árboles nativos o exóticos.
«Como la ley no especifica donde se debe plantar, ocurre por ejemplo que, se extrae madera de montes nativos de Andresito o San Pedro, y se cumple la ley plantando pinos en Santo Pipó o Jardín América»; explica el referente del Movimiento Tamanduá, Juan Domingo Perié.
Lo que proponen ahora es, en principio, que el permisionario asegurara la repoblación del bosque, plantando cinco árboles también nativos para madera de segunda en el mismo lote de donde corto los árboles.
A los fines del adecuado cumplimiento de los establecido en el inciso a, el permisionario podrá optar por los métodos de enriquecimiento bajo cubierta, el manejo de la regeneración natural o la plantación en macizo o cortina de Pino Paraná (Araucaria Angustifolia).
«La modificación que proponemos tiene varios aspectos importantes. Por un lado, impedirá que se planten especies exóticas (pino, eucalipto, paraíso, etc) como reemplazo de nativas. El otro aspecto fundamental es que el cumplimiento de esta ley establecerá –de ser modificada- que las plantaciones se realicen en el lote de donde fueron apeados los árboles», subrayó.
Para Perié, estas modificaciones apuntan a ser un aporte a la conservación y mejor manejo de los recursos naturales de Misiones. «Se trata de una ley que ya tiene 25 años, y buscamos la forma de que la misma se pueda enriquecer y se trabaje para instalar la idea del árbol nativo», agregó el ecologista.
Por otra parte, también plantean la modificación del articulo 56 de la normativa, que dice que: los productos forestales de origen nativo no podrán ser transportados fuera del lugar de extracción o apeo sin estar marcados (martillados), y sin la correpondiente guía expedida por la Dirección de Bosques. Y el articulo 70 que manifiesta que se presume que los productos forestales de origen nativo transportados sin guías son de origen fiscal.
Al respecto, desde el Movimiento Tamanduá plantean que «en estos casos, una vez detectado el ilícito, tanto el vehículo que transporta la madera, las herramientas que hubiere como ser motosierras, tractores, grúas, etc. se ponga a disposición de la Dirección de Bosques, y que en un plazo no mayor de 30 días la madera incautada sea rematada en subasta pública. De esta manera, se evitara que la madera quede en deposito por mucho tiempo, ya que en muchos casos pierden su valor al estar a la intemperie. Esta medida también traerá aparejado un importante ingreso de dinero al fisco, producto de esos remates», remarcó finalmente.

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