Aseguran que la Provincia es la única facultada para habilitar, inhabilitar o sancionar a los verificadores técnicos

El encargado del centro de Verificación Vehicular de la ruta 213, Avelino Gigena, dijo que la ley es clara en referencia a la verificación técnica vehicular y que los interesados directos pueden remitirse al decreto 119 del año 2.002, reglamentario de la ley 3.211 de la provincia, que adhiere a Nación. Gigena expresó que el único organismo en la provincia que tiene la facultad de habilitar, inhabilitar o sancionar a los talleres de verificación técnica es el Ente Regulador Provincial, aclaró que ese cargo recae en el secretario de Obras y Servicios Públicos de la provincia, y no en las autoridades municipales.

Manifestó además que no va a entrar en polémica con las autoridades municipales que opinan de forma diferente, y consideró que hay situaciones que se producen por desinformación o por información deformada, porque la ley es clara en cuanto a la verificación técnica vehicular.

Por último explicó que la ley prevé la creación de un organismo auditor llamado Entidad Nacional Auditora (ENA), que tendría a su cargo el funcionamiento de la revisión vehicular particular. «Ese organismo no fue conformado aún, entonces dice la ley, que mientras el ENA no funcione será competente en esta materia el Consejo Superior de Tránsito y Seguridad Vial», finalizó Gigena. ( LT 17).

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