Queja de Consumis porque no tratan la renegociación de la concesión del agua potable y cloacas

La Asociación de Consumidores y Usuarios de Misiones (Consumis) considera que «corrió el año 2.004 y aún no hemos logrado en nuestra querida provincia de Misiones hallar un camino pacífico de renegociación del contrato de concesión del Servicio Público de agua potable y cloacas de la Empresa Servicios de Aguas de Misiones S.A (SAMSA)».
«Muchas cosas se han dicho, como ser que se va a revisar el contrato de concesión de SAMSA, se intentará que no corten el agua en la provincia, legisladores, pero a la postre aún y a pesar de todos los esfuerzos realizados por esta asociación, la verdad es que ni el poder Legislativo, ni el poder Ejecutivo han hecho nada a favor de los usuarios a pesar de todas las noticias recibidas al respecto», dice en un comunicado de prensa el titular de Consumis, Rolando Gutiérrez.

Señala que el vocal que representa a los usuarios y que «en consecuencia debería defendernos, poco y nada hace por cumplir con la sagrada misión que le corresponde de defender los intereses de los mismos(Artículo 42 de la Constitución Nacional), es más son numerosas las personas que ingresan a diario en nuestras oficinas manifestando que han sido mal atendidas por el mismo y que a la postre de tratar con el Dr. Christian Humada, designado por el justicialismo de la Cámara de Representantes como representante de los usuarios, en virtud del acuerdo entre justicialistas y radicales por la ley 3522, es tratar directamente con la empresa SAMSA y el EPRAC, nos preguntamos: para qué fue creado?, si no le vamos a dar la misión específica y la herramienta necesaria para el contralor asignado: Decreto Reglamentario, Estructura, Organización, etc, permitiendo de esa forma los más diversos «errores» en manos de la concesionada y haciendo de que sus integrantes y el gobierno por cierto, sea cómplice de inconstitucionalidad al autorizar el corte de agua (léase acarreo de agua según contrato de concesión- dado que hay que buscar alguna forma de «tapar» nuestras propias ‘desprolijidades'».

Considera que «no se plantea ningún tipo de multa por las «malas acciones de la empresa», Ah! Pero eso sí, sus actividades se esconden ante solamente una gran frase repetida una y mil veces por sus funciones: hay ya cultura del no pago y nos preguntamos si es realmente así?, la gente no quiere abonar su factura de agua o es tan onerosa que no puede? donde están las promesas de bajar el costo de agua a una familia, porque se reformó solamente el artículo 66 de la ley de la ex APOS donde dejaba perfectamente en claro que el agua doméstica no se puede cortar?».

Y continúa diciendo Gutiérrez que «el mismo IPEC (Instituto Provincial de Estadística y Censos) manifestó el día 9/12/04 en todos los diarios locales – que una familia tipo necesita $ 558 para subsistir». Si leyó bien para subsistir, lo que nos exime de mayores comentarios, cuando un sueldo promedio de la provincia se halla en los pesos trescientos cincuenta a cuatrocientos cincuenta, sueldos de indigencia y pobreza. Entonces reconocidos inclusive por los carteles colocados en virtud de las jubilaciones de privilegio en todas las calles posadeñas. Pero además debemos recordar de que lo realmente malo de esas jubilaciones de privilegio es que van a ir a parar también a manos de quienes nos han sumido en esta vergüenza, en esta entrega del patrimonio natural de la provincial que es el agua, que son cuarenta (40) diputados provinciales que hicieron realidad este contrato de concesión, votando por unanimidad, así como lo leyó, por unanimidad, sin oponerse a nada, únicamente cumpliendo «con su sagrada misión de legislar para el bien común»… y que algunos aún hoy se encuentran «legislando» en la composición actual de la Cámara. Sus nombres: sí me los reservo para otra nota y los vamos a recordar a pedido de ustedes. Es así que nos debemos referir al otro nota Poder provincial: El Poder Judicial: fue el único, que hasta hoy ha hecho cumplir con el precepto sagrado de que …»Por lo que se puede apreciar, el hecho de que uno de los actores no haya pagado las boletas de servicio y aún cuando la desconexión está prevista, en el contrato de concesión, con su debido procedimiento, ello no obsta que los jueces arbitren sobre el contrato, cuando se trata de cláusulas que afectan un derecho constitucional, que son derechos superiores que mínimamente el estado, y por ello el Poder Judicial (por medio de sus jueces) debe garantizar a sus gobernados».

«Es por esto que en cumplimiento de sus atribuciones los jueces han dejado de lado esta clase de estipulación en los contratos de concesión de servicio público, ordenando se establezca el servicio» (Interlocutorio de Cámara 106260 del 27 de abril de 1.998 de la Excna Cámara Nº 1 de Apelaciones Civil y Comercial de Mar del Plata, sala 02 eN el caso ACCIDEN c/OSSE m.d. P s/ AMPARO) por lo que instamos a nuestros jueces a continuar con esta línea de conducta y también se sirvan estudiar el fallo de Inconstitucionalidad del corte de agua registrado en un fallo del Dr. Juan Francisco Radizzani y confirmado por la Cámara de Apelación de la Departamental de Mercedes, provincia de Buenos Aires, prohibiendo el corte de agua en todo el departamento de Mercedes (para mayor información dirigirse a esta asociación), teniendo en cuenta únicamente que el agua es el elemento vital e insistuible, un derecho humano, tal como lo declara la ley recientemente sancionada y promulgada en nuestra hermana provincia de Corrientes y el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que textualmente rezaba… «Los mercados deben ir adecuándose a la Constitución Nacional»… recuerda? Fallo donde la corte se despachó por las indemnizaciones».

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