Damiani y Llamosas en su presentación aseguran que la ley de ajuste vulnera derechos y garantías de raigambre constitucional que «han provocado el colapso en la prestación de servicios estatales básicos como la educación y administración de Justicia». [su_note note_color=»#cdcdcd»]Lo curioso de la presentación de los diputados radicales es que en caso de que la Justicia falle a su favor, solo ellos -y sus representados- percibirán los beneficios, es decir, no sufrirán recortes del 13 por ciento en sus salarios.[/su_note]La oposición profundizó su avanzada contra el recorte salarial y presentó un pedido de inconstitucionalidad de la ley ante el Superior Tribunal de Justicia que será analizado en los próximos días. El ataque radical se centra en la mayoría de los artículos de la ley que «está viciada de nulidad», además se señalar que se convierte en una doble imposición por la existencia de Impuesto Extraordinario Transitorio y de Emergencia (IETE). Los artículos cuestionados por los legisladores radicales son el 2,3,4,5,6,7,8,9,10,12,15,16,17,18,19,20,22,23 y 24 de la ley 3775. La oposición argumenta que el ajuste aplicado en Misiones no se hizo por «orden» de la Nación como jura el gobierno provincial. Asimismo, sostienen que «se preservó la autonomía de las provincias que adoptaron en sus jurisdicciones las más diversas medidas de ajuste». Damiani y Llamosas en su presentación aseguran que la ley de ajuste vulnera derechos y garantías de raigambre constitucional que «han provocado el colapso en la prestación de servicios estatales básicos como la educación y administración de Justicia». Por otra parte, repudian la aplicación del descuento bajo el nombre Poder Ejecutivo Nacional, categorización que viola la autonomía provincial ya que no responde al Acta de Apoyo Institucional para la Gobernabilidad de la República Argentina, aprobada por la ley de Déficit Cero en la Nación. Además, niegan que la Nación haya adoptado un recorte del 13 por ciento como en la provincia -que asegura que el ajuste es una imposición nacional-, sino que fluctúa de acuerdo a la recaudación. Otro de los puntos atacados es la «violación» de la autonomía municipal, ya que la ley de Déficit Cero obliga a los municipios a adherirse so pena de no recibir más anticipos de coparticipación, Aportes del Tesoro Nacional ni compensar deudas con la provincia -de hecho, esto no se está cumpliendo-. Lo curioso de la presentación de los diputados radicales es que en caso de que la Justicia falle a su favor, solo ellos -y sus representados- percibirán los beneficios, es decir, no sufrirán recortes del 13 por ciento en sus salarios. El presidente del Superior Tribunal de Justicia, Augusto Márquez Palacios aseguró que «los que no percibirían los descuentos, en caso de que se falle a favor de los demandantes, serán los diputados en cuestión y quienes son representados por ellos». Márquez Palacios explicó que «esta es una demanda que está enmarcada dentro del Código de Procedimientos Civiles de la Provincia, tiene un trámite breve porque se presenta y se pueden oponer excepciones pero hay un traslado al fiscal de Estado para que en un plazo breve se dicte sentencia directamente». «Una vez que esté la causa concluida para dictar sentencia hay que requerir la opinión del procurador y los ministros opinan individualmente porque la del procurador no es vinculante», agregó. En este sentido, el titular del STJ se refirió a la posibilidad de que los ministros decidan que aprobar la inconstitucionalidad planteada y dijo que «el efecto práctico se circunscribe, antes de extenderse, nada más que a las partes del juicio. O sea, que el efecto práctico va a ser para quienes intervinieron en el juicio, dijo en LT4.






