La comisión bicameral diseñó las normas que regirán su función

El reglamento de la Comisión Especial de la Carta Orgánica del Banco Central dispone que todas las actuaciones de la misma tendrán «carácter secreto» y podrá solicitar informes y documentación a organismos oficiales o cualquier persona, y fotocopias de archivos o expendientes judiciales. Los legisladores de la comisión bicameral parlamentaria diseñaron ayer el reglamento que regirá el funcionamiento de ese organismo legislativo, que fue citado para determinar si recomienda al jefe de Estado la remoción del presidente del Banco Central, Pedro Pou. Se establece que la función de la comisión será «la elaboración de la recomendación al Poder Ejecutivo para la remoción de los miembros del directorio del Banco Central, cuando considerara mala conducta, incumplimiento de las disposiciones de la Carta Orgánica del BCRA, algunas de las inhabilidades establecidas en la ley de entidades financieras o incumplimiento de los deberes de funcionario público». También se dispone que será convocada por el presidente de la Cámara de Senadores o a requerimiento del Poder Ejecutivo Nacional, y se fija que «las actuaciones tendrán un carácter de reservado». Para poder cumplir sus tareas se establece que la comisión podrá «solicitar informes a cualquier persona de existencia física o jurídica; a otros organismos oficiales, extraer fotocopias o testimonios de expedientes o archivos», y adoptar cualquier «otra medida que resulte conducente para la formación de criterio para aconsejar». El reglamento además determina que «en caso de denuncia escrita, a juicio de la comisión o de su presidente, podrá disponerse la citación del interesado para que ratifique su denuncia y haga las aclaraciones que estime necesarias, debiéndose labrar el acta correspondiente». Con respecto a la decisiones establece que «serán adoptadas por mayoría de sus miembros y en caso de empate la resolución será tomada por el presidente».

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