La participación del abogado de los denunciantes, objetada por la defensa del juez produjo la interrupción de la audiencia. La Comisión de Enjuiciamiento procesó al magistrado por «indignidad e irregularidad en el desempeño de su cargo». La defensa solicitó la nulidad de las actuaciones. Semilla negó toda relación con la empresa Nivel SRL.
La primera parte de la audiencia pública inicial del jurado de enjuiciamiento contra el juez de faltas Municipal, Esteban Semilla, estuvo dedicada casi completamente a los aspectos formales de la misma, donde solo se escuchó un tramo de la comparecencia del acusado ante el tribunal y la fiscalía, hasta que fue cuestionada por la defensa la participación del abogado de los acusadores, momento en que se pasó a un cuarto intermedio hasta la tarde para decidir la cuestión. Los pasajes más interesantes de la audiencia que comenzó pasadas las 10,30 de la mañana, surgieron recién después del mediodía, momento en que fue llamado al estrado el propio Esteban Semilla, para defenderse de los cargos en su contra y someterse al interrogatorio del tribunal. Semilla, en todo momento negó tener relación alguna con la empresa de remises Nivel SRL, donde su esposa Laura Sanz se desempeña como socio gerente, como así también haber participado de las negociaciones para brindar el servicio de la empresa a varias firmas de la ciudad y favorecer a las mismas en los controles bromatológicos de la comuna. EL COMIENZO La jornada, se inició con algo de retraso debido a algunas cuestiones organizativas del proceso que se cumple por primera vez en la historia del municipio de Posadas. En la sala de sesiones del Concejo Deliberante se constituyeron los miembros del tribunal presidido por el abogado Ricardo Scanatta y conformado por los concejales Oscar López, Osvaldo Navarro y Nilda Brañas (secretaria), los ciudadanos Marcelo Subizar y Carlos Costa y el abogado Miguel Hugo González. La fiscalía del proceso, fue encargada a los concejales Juan José Villalba y Aníbal Velázquez, miembros de la comisión de enjuiciamiento del cuerpo. Inmediatamente de iniciada la sesión se presentaron los patrocinantes de cada parte, el doctor César Yaya por los acusadores Osvaldo Leiría, Rubén Campos y Luis Kojuth y un grupo de abogados encabezados por Antonio Armanini por el acusado. Acto seguido, el tribunal solicitó la presencia en el recinto de los 11 testigos citados para la causa, quienes acreditaron su identidad y fueron remitidos a una sala de aislamiento donde no puedan escuchar los testimonios y pasajes del debate, hasta el momento en que se los requiera. En esa lista, están los empresarios Eduardo Zbikoski (mencionado como integrante de la sociedad de Nivel SRL), Javier Acuña (de California Supermercados), Rubén García (TIA SA), Guillermo Viada Steinger (socio de NIVEL y uno de los que compromete a Semilla en sus dichos), Miguel Gruber (ex empleado del juzgado de faltas), Mónica de Gruber (esposa del anterior y empleada de NIVEL), Guillermo Macías (socio de NIVEL), Lindolfo Navarro, Héctor Ayala, Raúl Medina y Horacio Mórgenstein. En virtud de los tiempos que se ha tomado el tribunal para la lectura textual de las actuaciones llevadas a cabo con anterioridad y la parte inicial del interrogatorio al juez Semilla, se estima que la comparecencia de cada uno de los testigos se trasladará a las últimas horas de esta tarde o a audiencias posteriores. QUIENES SI Y QUIENES NO El cuarto intermedio que el tribunal impuso cerca de las 13 horas, tuvo como objeto retirarse a estudiar una objeción efectuada por la defensa del acusado, por la cual no podría formar parte del debate y los interrogatorios el abogado de los acusadores, César Yaya. Para Antonio Armanini y sus colaboradores, defensores de Esteban Semilla, el proceso judicial tiene dos partes, una defensora y otra acusadora, que en este caso está representada por los concejales Villalba y Velázquez, por lo que el abogado que representa a los denunciantes no podría interrogar a los testigos ni al acusado, como era su intención. Para el abogado Yaya, este argumento no es válido, ya que en toda la instrucción del caso, los integrantes del jurado permitieron a la parte denunciante aportar pruebas y validar o invalidar testigos y procedimientos, por lo que deberían continuar con sea tesitura. «Los artículos de la Ordenanza 71 que hablan sobre los alegatos, hablan de acusados o denunciante, y aquí los únicos denunciantes somos nosotros», sentenció Yaya. «Hay un denunciante y un denunciado; un acusador, que es la fiscalía; un defensor y el tribunal, esas son las patas de la silla y no debe participar nadie más», argumentó Armanini.
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