Prohibieron la comercialización de imitaciones de perfumes y otros productos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de una serie de imitaciones de perfumes y otros productos médicos.

A través de la disposición 7799/2018, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, se levantó la venta de varias fragancias apócrifas. El rotulado de los productos, que fueron secuestrados en el marco de una causa judicial, «carece de información que permita identificar el establecimiento elaborador, el responsable de la comercialización y el listado de ingredientes», señala la norma.

Y agrega que la medida se adoptó «a fin de proteger a eventuales adquirentes usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de productos cosméticos que carecen de inscripción ante la Autoridad Sanitaria competente, que se desconoce quiénes han sido sus elaboradores y responsables de la comercialización, y por lo tanto si fueron formulados con ingredientes y bajo concentraciones permitidas de acuerdo a los lineamientos de la normativa vigente al respecto».

Por otro lado, mediante la disposición 7761/2018, la autoridad reguladora levantó la venta de los artículos rotulados como: «KIT DE PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO/PARA CIRUGÍA DE ODONTOLOGÍA/CONTIENE 1 COMPRESA DE 60 X 60 CM, 2 COMPRESAS O, 60 POR 1 MT, 1 COMPRESA DE 0,60 X 1,40 MT, 3 CUBRE SUCTORES C/ AJUSTE, 2 BATAS C/PUÑOS, 2 GORROS P/CIRUGÍA, 2 BARBIJOS CÓNICOS, 1 CAMPO FENESTRADO C/ADH/INTEXSA/INSUMO TEXTIL SANATORIAL/INDUSTRIA ARGENTINA/FABRICADO BAJO RECOMENDACIONES DE LA ANMAT/ATÓXICO, ESTÉRIL Y LIBRE DE PIRETÓGENOS/VENTAS: 155-129090/ADMINISTRACIÓN: (0343) 4975894».

«La DVS considera que por tratarse de productos no autorizados por esta Administración, no se puede asegurar que éstos cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias de esterilidad que permitan garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos (material textil descartable estéril destinado al uso en medicina humana)», justificó la ANMAT en los considerandos de la norma.

Además, con la disposición 7762/2018 se prohibió el uso, la distribución y la comercialización de los siguientes productos: «MYO/Punch/RotatingSurgical Punch/ ContentsOne 1 Surgical Punch/ STERILE R/MEDICAL CORPORATION USA/REF 080-401″, sin datos del titular responsable en Argentina» y  «MYO/Lead /DisposablePatient Cable/ContentsOne 1 Patient Cable/STERILE R/MEDICAL CORPORATION USA/REF 019-535».

«Toda vez que se trata de productos no autorizados por esta Administración, no se puede asegurar que éstos cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permitan garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos», indicó el organismo.

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