Ituzaingó, Corrientes: condenaron al dueño de un prostíbulo a 8 años de prisión por trata de personas agravada

En concordancia con lo solicitado en sus alegatos por el Fiscal General ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes, Carlos Schaefer y la auxiliar Fiscal, Gabriela López Breard, el TOF condenó ayer al dueño y encargado de un prostíbulo de la localidad de Ituzaingó a la pena de 8 años de prisión por el delito de trata de personas agravada, en virtud de haber captado, recibido y acogido, al menos, a tres mujeres en situación de vulnerabilidad, para ser explotada en el local nocturno. En el debate oral colaboró también la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX).
Los jueces Víctor Alonso, Lucrecia Rojas de Badaró y Fermín Ceroleni encontraron responsable del delito en cuestión a Enrique Ricardo Dell Ortto, y dispusieron el decomiso del inmueble donde funcionó el local. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 13 de junio, desde las 12, en la sede del tribunal.
La causa comenzó en agosto de 2016, a raíz de un informe de la Unidad de Delitos complejos de la Policía Federal Argentina, que dio cuenta de la existencia de un local nocturno que funcionaba como cabaret bajo el nombre de fantasía “EROS”, a 500 metros de la ruta nacional 12 a la altura del kilómetro 1254.
De acuerdo a las medidas desplegadas, se determinó que allí trabajaban al menos cuatro mujeres, quienes efectuaban el “servicio” de acompañamiento a los clientes y recibían una comisión al consumir un trago de forma “compartida” -que no les era entregada a ellas, sino al hombre que regenteaba el lugar, de nombre “Ricardo”-. También ofrecían servicios sexuales, que eran abonados a la misma persona y generalmente concretados dentro del mismo inmueble, en habitaciones a las que se accedía por una puerta ubicada junto a la barra. El precio era de 400 pesos por “pase”, y ascendía a 1500 para realizarlo fuera del lugar.
En septiembre de ese año se realizó un allanamiento, ocasión en la que se secuestraron teléfonos celulares en la barra de bebidas, dinero en efectivo, 15 cajas de preservativos, casi 60 lubricantes, 14 análisis clínicos y 12 cuadernos con anotaciones sobre las consumiciones y pases.
Una de las víctimas contó que debían cumplir horarios, limpiar las habitaciones y que el ahora condenado guardaba la plata de lo que ganaban y se las daba al final de la noche. La investigación arrojó que las mujeres se hacían análisis de sangre y vaginales -abonados por ellas mismas- y que el dueño iba a retirar los resultados y los presentaba en la municipalidad, por cuanto el lugar contaba con habilitación en el rubro “Whiskería”.
Por otra parte, la Fiscalía destacó en el alegato que un informe del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata dio cuenta de la situación de vulnerabilidad y explotación en que se encontraban las víctimas, ya que ninguna había finalizado el nivel educativo formal; transitaron situaciones de precariedad económica desde pequeñas; tuvieron experiencias laborales informales y precarias y contaban con niños a cargo. Una de ellas, además, había inmigrado desde Paraguay. Los desplazamientos implicaban la necesidad de residir en el prostíbulo, por carecer de los medios económicos para costear otros alojamientos.
Asimismo, los representantes del Ministerio Público Fiscal hicieron hincapié en “la situación de asimetría de poder” observada en el proceso, “en virtud de los mensajes confusos y contradictorios que las mujeres reciben de instituciones y organismos oficiales”: es que manifestaron que personal municipal concurría con regularidad a los efectos de realizar controles en el lugar y de los estudios de laboratorio. Todo ello, resaltaron, “abona los sentimientos de indefensión, desprotección, desconfianza y arbitrariedad de la autoridad, generando la coexistencia de la clandestinidad del lugar con la legitimación de los controles del Estado”.
La Fiscalía había considerado que la conducta del imputado se encuentra agravada por abusar de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, por su número y por haberse consumado la explotación, lo que así recogió el Tribunal. Finalmente, Schaefer y López Breard pidieron que se continúe investigando en la etapa de instrucción la comisión, o no, de delitos por parte de la municipalidad local.
En su sentencia, el Tribunal Oral Federal de Corrientes recogió los argumentos vertidos por fiscalía en su alegato y condenó a Enrique Ricardo Dell Ortto a la pena de 8 años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada por la cantidad de víctimas y por haberse aprovechado de su situación de vulnerabilidad, y dispuso el decomiso del inmueble donde funcionó el local. Asimismo, los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo 13 de junio, desde las 12 horas, en la sede del tribunal.

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