Inédito fallo de la AFA: sancionó a tres clubes por deudas

El Tribunal de Disciplina del Consejo Federal de AFA dio a conocer las sanciones y los fallos de la fecha y entre ellos se encuentra la suspensión de tres clubes del federal B por deudas  a los que no se les computarán puntos en el caso de empatar o ganar el fin de semana por deudas.

 

Pasó una nueva jornada del Federal B y el Consejo Federal dio a conocer las sanciones y los fallos al respecto. Como siempre, se supo cuántas fechas tienen los jugadores suspendidos y demás, pero hubo una particularidad: tres clubes fueron suspendidos provisionalmente por falta de pago.

Ellos son: Arsenal de Viale, Bragado Club y Deportivo Lastenia. Los tres mantienen deudas con AFA y, si bien podrán disputar sus partidos este fin de semana, en caso de que empaten o ganen, no sumarán unidades. Por primera vez en la historia de la categoría se da un fallo de esta magnitud.

El Tribunal de Disciplina se apoyó en los artículos 77 y 118 del Reglamento de Transgresiones y Penas. Los mencionados equipos deberán ponerse al día, o de lo contrario la sanción puede llevar a una quita de puntos.

LOS ARTÍCULOS 

Art. 77°.- INCUMPLIMIENTO DE PAGOS – Denunciada la falta de pago por vencimiento de los plazos establecidos en los Reglamentos de la AFA de los importes correspondientes a:

1°) Multas,
2°) Gastos imputables a clubs por cualquier concepto
3°) Indemnización por reparación de daños y perjuicios
4°) Cualquier otra sanción pecuniaria;

El Tribunal de Disciplina Deportiva por si o por intermedio de su Mesa Directiva, emplazará al club infractor para que dentro de los diez días corridos contados desde la hora cero del día siguiente al de dictado el fallo, haga efectivo el pago correspondiente.

Vencido este plazo de diez días de dictada la resolución de emplazamiento, sin que se hubiera cumplimentado la obligación respectiva, el Tribunal de Disciplina Deportiva suspenderá al club infractor en forma sucesiva de tres días a seis meses cada vez que vencido el término de la suspensión, el club deudor no hubiera efectuado el pago correspondiente. En ningún caso se aceptará el pago en cuotas de los importes correspondientes a cualquier sanción pecuniaria que deban cumplir los clubs.

Art. 118°.- SUSPENSION A CLUB – EFECTOS – La pena de suspensión aplicada al club , cauda al mismo durante el término de la sanción, los siguientes efectos:

a) Si el Campeonato Oficial organizado por la AFA se define por puntos, la suspensión a club hace perder al equipo de división superior del club castigado, tres puntos por cada fecha comprendida en el término de la suspensión, deduciéndose los mismos una vez finalizado el respectivo campeonato oficial en que interviene.

b) Si el Campeonato Oficial organizado por AFA no se define por puntos y sí por eliminación, por doble eliminación, etcétera, el club sancionado con la pena de suspensión pierde todos los partidos que a su equipo de división superior le corresponda disputar dentro del término de la sanción.

c) Si un Campeonato Oficial organizado por AFA, contara con clasificación por puntos finales por eliminación o viceversa, en todos los casos se computará el descuento de puntos o le corresponderá la pérdida de partido según se esté desarrollando el respectivo campeonato oficial en el momento de la sanción.

d) Le impide la disputa de partidos amistosos en el país o en el extranjero

e) Pierde el porcentaje que recaude en cualquier partido, lo dispute como local o visitante

 

 

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