Estas son las claves del proyecto de la reforma laboral

Habrá un mínimo no imponible para las contribuciones patronales, un «Banco de Horas» y beneficios para los empleadores.

 

Los principales cambios laborales, según el proyecto oficial de reforma oficial, son:

 

Alcance. Comprende todas las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la promulgación de la ley, con excepción del Régimen de contratación del Personal de Casas Particulares. La regularización debe efectuarse dentro de los 360 días corridos desde la reglamentación de la ley.

 

 

Beneficios a los empleadores. Extinción de la acción penal y liberación de las infracciones, multas, sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a la regularización del personal. Las relaciones laborales y los salarios pagados cuando el trabajador estuvo “en negro” no serán considerados ganancias netas, ni gastos, ni ventas para la determinación del impuesto a las Ganancias y al IVA.

 

 

Deuda. Los empleadores que blanqueen tendrán una condonación de la deuda por capital, intereses, multas y punitorios que fueron omitidos sobre las contribuciones a la Seguridad Social ( jubilación, asignaciones familiares), Salud (obras sociales y PAMI), Fondo de Empleo, y registro de Trabajadores Rurales. Esa condonación será del 100% si la regularización se hiciese dentro de los 180 días corridos desde la reglamentación de la ley. Y del 70% si se hiciese después de los 180 días corridos. Esos beneficios se aplicarán si los empleadores cumplen, respecto del capital e intereses no condonados, con la cancelación total al contado o mediante un plan de facilidades de pagos. Podrán incluirse las deudas controvertidas en sede administrativa , contencioso administrativa o judicial.

 

Ajustes impositivos y multas. La AFIP y las instituciones de la Seguridad Social no formularán, de oficio, determinaciones de deudas, no librarán actas de infracción ni ajustes impositivos por las mismas causas y periodos comprendidos en las del blanqueo.

 

 

Jubilación de trabajadores blanqueados. A los trabajadores blanqueados se les reconocerá hasta 60 meses de servicios con aportes como parte de los años que se necesitan para cumplir con el requisito de 30 años de mínimos para acceder a los jubilación. También para el seguro de desempleo. Sin embargo, esos meses regularizados no serán tomados en cuenta para el cálculo de la jubilación.

 

Incumplimiento. Si después del blanqueo, se constata la existencia de personal no declarado o mal registrado, caducan los beneficios otorgados, debiendo el empleador pagar la proporción de la deuda condonada.

 

Indemnizaciones por despido. Actualmente es de un salario por año trabajado, tomando como base la mejor remuneración del año. En el proyecto se toma como base sólo la remuneración, excluyendo las horas extras, el aguinaldo, horas extraordinarias, comisiones, gratificaciones y todo rubro que carezca de periodicidad mensual, normal y habitual,que normalmente se consideran parte del salario. Dicha base de cálculo no podrá exceder el equivalente a 3 veces el importe mensual del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo.

 

 

Jornada de trabajo. Se habilita que por Convenios colectivos de Trabajo se amplíe la jornada de 8 a 10 horas, sin el pago de horas extras, siempre que en el año se cumpla con un promedio determinado ( «Banco de Horas»).

 

Responsabilidad Solidaria. En los casos de subcontratación, el empleador que cede total o parcialmente una actividad, es solidariamente responsable por los incumplimientos de la empresa contratista con los trabajadores. En el proyecto se elimina la responsabilidad solidaria de las siguientes actividades: limpieza, seguridad, comedores, mantenimiento de bienes inmuebles y muebles, gastronomía, transporte, servicios médicos e informática. Y en los demás casos, el empleador que cede la actividad y cumple con las obligaciones de control, queda eximido de la responsabilidad solidaria.

 

 

Plazo para iniciar juicios laborales. Se reduce de 2 a 1 año el plazo para que los trabajadores inicien acciones judiciales contra sus empleadores. Dicho plazo no podrá modificarse por las convenciones colectivas de actividad.

 

 

Contribuciones patronales. Prevé un esquema progresivo de rebaja de las cargas patronales en materia previsional en base a un mínimo no imponible que se modificará anualmente y durante una período de 5 años se actualizará según el IPC, que está calculado sobre un salario bruto de $ 11.500 ($ 10.000 netos).

 

Fuente: Clarín

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