INTA: Investigación registró un aumento temporal de incendios “intencionales” provocados con el fin de dar uso productivo a un área restringida

 

Un estudio econométrico sobre incendios forestales e incentivos económicos a partir de la Ley de Bosques en la Argentina fue realizado por Patricia Egolf, becaria del Programa Nacional Forestal del INTA-EEA Montecarlo, Misiones. Estudió los principales factores que explicarían el aumento de incendios intencionales y que habrían sido motivados por el lucro en el país durante la etapa de transición de la Ley 26.331, en el período 2002-2014. «Entre ellos, favoreció esta práctica el bajo cumplimiento de las normativas en general, y de las leyes ambientales en particular. Otro factor influyente fue una compensación económica muy baja e imperceptible por los propietarios de tierras forestales frente a los atractivos precios de actividades agropecuarias», analizó la investigadora.

 

El trabajo fue impulsado desde el Instituto de Economía y el Programa Nacional Forestal de INTA, ya que decidieron evaluar la existencia de algún tipo de relación entre los incendios forestales, incentivos económicos y la Ley 26.333 (Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos), razón por la cual se efectuó un estudio econométrico al respecto.

La investigación lo llevó adelante la Licenciada en Economía y becaria del Programa Nacional en el INTA Montecarlo, Misiones. Del estudio, Egolf concluye que existiría intencionalidad frente al escenario generado en el país: “existen incentivos económicos que pueden motivar el delito de incendios forestales intencionales si los propietarios de la tierra perciben un elevado costo de oportunidad por conservar el bosque”, aseveró en la entrevista con ArgentinaForestal.com la investigadora.

Agregó que el aumento de incendios forestales identificado en la etapa de transición es interpretado como el resultado de incendios provocados con el fin de excluir el sitio del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (o evitar restricciones futuras) “lo que sería una forma indirecta de influir en el proceso de OTBN”, señaló la profesional.

El trabajo fue realizado en el proceso de implementación de la Ley 26.331, donde los atractivos precios agrícolas y la baja compensación económica por conservar –durante ese proceso-, resultaba “más atractivo producir que conservar, desde un punto de vista estrictamente económico”.

Frente a este escenario, “una sugerencia del trabajo fue que se evalúe la compensación económica al propietario de las tierras forestales, lo cual implica dos aspectos: a) un análisis de una compensación razonable económicamente para quienes conservan este recurso natural, y para ello es necesario el cumplimiento del siguiente ítem; b) Mínimo que la conservación de Bosques Nativos reciba el presupuesto establecido por ley, situación que no se cumplió desde sus inicios”, detalló la investigadora del INTA Montecarlo.

 

Hipótesis para el estudio

El objetivo del estudio fue evaluar los incentivos económicos detrás de los incendios forestales intencionales entre los años 2002 y 2014 en la Argentina. “Este periodo fue en particular interesante porque abarca una etapa previa a los cambios en la regulación del uso de tierras forestales, establecidos por la Ley 26.331, y fases durante las cuales se implementó este nuevo marco regulatorio tanto a nivel nacional como local”, explicó la profesional en el documento.

La Ley 26.331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos”, más conocida como Ley de Bosques Nativos (Ley de BN), establece los criterios mínimos en base a los cuales las provincias deben zonificar territorialmente el área de tierras forestales en tres categorías de conservación.

“Con el objetivo principal de frenar la deforestación indiscriminada de bosques nativos, esta normativa determina las restricciones al cambio de uso de tierras forestales en función del grado de conservación fijado. Se debe destacar además, que la sanción de la Ley de BN en diciembre del 2007 prohibió la emisión de permisos de tala hasta tanto y en cuanto cada provincia finalizara la implementación de la regulación”, remarcan en el estudio.

Por lo tanto, las áreas boscosas debieron permanecer intactas hasta que el proceso de OTBN finalizó y fue sancionado por ley provincial; a esta fase se la identificó como “etapa de transición”, cuya duración difiere según el año en que cada provincia finalizó el OTBN y lo instrumentó legalmente.

La pregunta que se planteó para el trabajo, ante la prohibición de desmontar bosques nativos, fue: ¿aumenta el número de incendios intencionales provocados con el fin de dar uso productivo a un área restringida? Si, de forma temporal y consecuencia de diversos factores que favorecieron a este escenario, se registró un aumento temporal de incendios intencionales.

En base a la teoría económica desarrollada por G. Becker “Crimen y castigo: un enfoque económico” se plantea la decisión individual de cometer un delito medioambiental, en particular incendiar intencionalmente bosque nativo, con el fin de evadir las restricciones que impone la Ley de BN.

En cada etapa el individuo compara los beneficios netos de cometer el delito y desarrollar una actividad agrícola con la rentabilidad de proceder al cambio de uso de la tierra vía legal y, a su vez, con una tercera opción que es conservar el recurso en su estado natural.

“En un escenario de precios relativos favorables a la agricultura durante los últimos años, los individuos pueden percibir un elevado costo de oportunidad por conservar el bosque en su estado natural y privilegiar el avance de la frontera agrícola. Si bien existe una compensación económica establecida por la ley para los propietarios de tierras cubiertas por BN que conserven este recurso natural, esta es relativamente baja y en general no es solicitada por los propietarios. Por otra parte, proceder vía legal a realizar el cambio del uso de tierra de conservación de bosque nativo a una actividad agropecuaria podría ser más costoso que efectuarlo infringiendo la ley”, analizó Egolf.

Las estimaciones fueron realizadas por regiones, controlando por factores climáticos y socioeconómicos: por un lado las principales provincias productoras de granos región agrícola: Chaco, Corrientes, Córdoba, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Misiones, Salta, Santa Fe, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán; y por el otro las que pertenecen a zonas con climas menos aptos para la agricultura y la ganadería extensiva.

Resto del país: Catamarca, Chubut, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Tierra del Fuego. “Se identificó un efecto significativo y positivo de incendios forestales únicamente durante la etapa de transición (2009-2011 aproximadamente) y en la zona definida como agrícola, región donde predominan actividades económicas que ejercen mayor competencia por el uso de tierras forestales”, aseveró la investigadora.

En promedio se duplicaron los incendios en este período, pasando de 4 a 8 incendios por cada 100 mil hectáreas de tierras forestales.

 

Incendios intencionales, control y penalidades

Los principales factores que explican el aumento de incendios intencionales motivados por el lucro en Argentina durante la etapa de transición son:

-el bajo cumplimiento de las normativas en general, y de las leyes ambientales en particular (bajo costo de cometer el delito de incendio intencional y posibilidad de incidir en el OTBN),

-una compensación económica muy baja y prácticamente imperceptible por los propietarios de tierras forestales y atractivos precios de actividades agropecuarias.

En cuanto a los aspectos institucionales y de implementación de la ley de BN, en primer lugar, es necesario señalar que los lineamientos de la ley fueron diseñados principalmente en el ámbito nacional, lo que implicó una escasa participación de los actores locales en su formulación.

“Los resultados de la investigación concluyeron en la evidencia de un aumento temporal de los incendios, esto es muy importante dejar en claro, ya que este resultado se atribuyó a la posibilidad de evadir la regulación que implica el OTBN (exigido por la Ley de BN) al desaparecer la masa boscosa existente a partir de la simulación de un incendio accidental. Mi razonamiento es que, en la actualidad es mucho más difícil que esto se repita porque existe, por lo que investigué, una propuesta de una reforma a la ley para evitar que los sitios incendiados sean categorizados como verdes y de esa manera los propietarios puedan acceder a realizar el cambio de uso de la tierra; esta reforma exigiría categoría roja (prohibitiva) para permitir que el BN se restaure. Esta reforma sería muy beneficiosa”, opinó la profesional.

Además, se refirió a otro aspecto sumamente importante, la sanción que se aplica en la actualidad a quienes cometen este delito. “Las penalidades deberían ser más elevada para desincentivar las actividades ilícitas; así también, es importante que se detecten estos delitos, lo cual demandaría un mayor control e investigación es este tema”, admitió la profesional.

Consideró que su investigación aporta a un análisis de lo sucedido. “Quizás los resultados son en cierta forma una crítica, porque hubieron en general demoras por parte de las provincias en realizar el OTBN, lo cual abrió una ventana temporal que fue aprovechada por los agentes que percibieron un elevado costo por conservar el Bosque Nativo. No encontré evaluaciones detallada de los daños de los incendios, pero claramente además de la pérdida de bosques nativos y biodiversidad en general, los costos en los que incurre el Estado para controlar y apagar los incendios son elevados, y más aún si se tiene en cuenta que, por cuestiones climáticas, muchos incendios se vuelven difíciles de controlar”, reflexionó Egolf.

 

Por Patricia Escobar 

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