Diputados estableció que las empresas recibirán penas por cualquier delito, no sólo corrupción

Las empresas podrán ser juzgadas por cualquier delito establecido en el Código Penal y no sólo por hechos de corrupción, según se estableció en el primer artículo del proyecto de ley de Responsabilidad Empresaria que aprobó la Cámara de Diputados.

El oficialismo aceptó reformular el artículo primero donde establecen siempre los objetos de una ley, que había sido rechazado la semana pasada cuando la sesión pasó a cuarto intermedio, y hoy se decidió reconsideración esa votación con el consenso de la mayoría de los bloques parlamentarios.

Este estratégico artículo se aprobó con 183 votos contra 5 y 16 abstenciones (bloque justicialista) y establece que el régimen de responsabilidad fiscal se aplicará en los delitos previstos en el Código Penal cometidos por personas de capital extranjeros con o sin participación estatal.

También se modificó el artículo sobre multas y ahí se mantuvo que el mínimo será de un 0,5 por ciento pero el máximo se disminuyó del 20 al 10 por ciento, de los ingresos brutos anuales que la condenada hubiere tenido en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.

Para el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en el plazo de 12 meses anteriores a la comisión del delito o no hayan declarado ingresos en el último ejercicio anterior a la comisión del delito, serán sancionadas con multa de entre el 0,5 y el 10 por ciento -también se rebajó a la mitad- de los ingresos brutos promedio registrados al momento de la comisión del delito.

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