Bianchi: «una remozada para la justicia”

El constitucionalista Alberto Bianchi sostuvo que los jueces deben pagar el impuesto a las ganancias, porque en la actualidad gozan de un “privilegio” y se opuso al límite 75 años de edad para su jubilación como magistrados.

 

Invitado a disertar hoy en unas jornadas de capacitación para los tres poderes del Estado en la sede de la Legislatura de Misiones, señaló que en la Justicia “hay luces y sombras: jueces muy valiosos, jueces muy honrados y jueces que no lo son tanto, sin hacer ningún tipo de nombres por supuesto”.

¿Cómo ve su funcionamiento?

De afuera, yo no soy parte de la justicia, soy un abogado litigante, diría que a veces me enojo con la justicia por la lentitud de los procedimientos. Pero muchas veces no es culpa de los jueces sino que hay un procedimiento más para el siglo pasado que para este siglo. Yo creo que uno de los desafíos es tratar, de agilizar el procedimiento, tratar de que no sea tan escrito, que sea un poco más oral. Esto requiere un entrenamiento de jueces y abogados el procedimiento penal es un procedimiento civil en lo general sigue siendo un procedimiento escrito y yo creo que la justicia estar ‘constantemente emplazada a reformarse’ como dijo Arthur Vanderbilt famoso jurista americano. Yo diría que la justicia necesita una remozada importante.

¿Hay una autocrítica que deba hacerse la justicia?

Sí; hay que hacer una autocrítica pero el problema que lo que la gente común conoce es esa justicia mediática. Es la justicia del caso donde aparecen algunas figuras emblemáticas de la corrupción y claro después pasan los años, pasan los años, y esto no se soluciona o no hay condena o todo el mundo parecería que termina resultando inocente aunque no lo sea. Yo creo que aquí no es totalmente responsabilidad de los jueces, ni tampoco deja de serlo, quiere decir que muchas veces esta justicia mediática no es verdadera justicia es una justicia un poco que vemos a través de los medios, yo creo que la justicia es algo más complejo. Es eso pero es algo más complejo que es la justicia de todos los días, es la justicia de todos los abogados que van a tribunales, que van a sus audiencias y presentan sus escritos y obtienen decisiones.

(Alberto Bianchi en la foto, son los doctores Jimena Rojas, del Jurado de Enjuiciamiento de Misiones, y Santiago Castro Videla)

¿La Corte Suprema acepta demasiados casos?

Todavía sí, debe tener 10.000 casos por año, son demasiados. Resuelve demasiadas cosas que no debería resolver. La Corte Suprema resuelve todavía cuestiones de competencia. ¿Qué hace la Corte Suprema resolviendo si es competente el juez de Misiones o el de la provincia de Buenos Aires?.

¿Quien debería resolverlo?

Nuestro país está demasiado dividido en fueros, demasiado especializado. A veces creemos que hiperespecialización es buena y yo creo que jueces federales deberían actuar en grupos. En EE.UU. por ejemplo, un tribunal federal no es un tribunal civil, comercial, penal, laboral. No, es un tribunal federal, y  allí todos los jueces tienen la competencia y la reparten entre ellos. Entonces cuando usted inicia una demanda en un tribunal federal de EEUU nadie se va a declarar incompetente, porque ese tribunal federal que tiene un distrito que puede ser la ciudad de Posadas.

¿Tienen que saber de todo?

No, no deben saber de todo. Lo que pasa es que entre ellos hay especialidades, pero luego el caso lo reparten entre ellos. Usted inicia su expediente ante el tribunal y este decide qué juez le va a tocar. Entonces, ahí está la especialización, pero no tengo que ir al tribunal número uno, dos o tres y pelearme si es competente el de aquí o el de la calle vecina. Yo creo que ese es un buen modelo, una vez en Washington, durante un curso, pregunté cuánto invertían de tiempo en la discusión de competencia, y el disertante me miró como si yo fuera un marciano o bajado de un plato volador.

¿El aggiornamiento de la justicia en Argentina vendría también de la mano de la edad jubilatoria, que debe ser a los 75 como ratificó la Corte?

Yo no estoy de acuerdo con esa decisión. En primer lugar no estuve de acuerdo con la cláusula constitucional que establecía el límite de los 75. No debería existir una cláusula límite de los 75 años porque cada juez debe juzgar si está en condiciones o no de ejercer la judicatura. Y un órgano de control dentro del propio poder judicial ante un magistrado que está un poco pasado de edad, aconseje que debería retirarse. Me parece que poner un límite de edad no es conveniente. La Corte con el argumento que no comparto del todo, en el caso Fayt, había dicho que la cláusula era inconstitucional porque los que habían sido designados antes de la Reforma del ‘94 tenían un derecho pleno. Pero la Corte hizo una interpretación muy forzada para decir que la cláusula de la Constitucion era nula. Ahora, la Corte dice que la cláusula es válida con lo cual vuelve a hacer la misma interpretación forzada pero al revés. No estoy de acuerdo ni con el fallo ni con la Constitución en ese punto.

¿Y el pago de ganancias le corresponde a los jueces?

Los jueces en la Argentina no pagan ganancias: son ciudadanos de privilegio. Pero creo que deberían pagar ganancias, son ciudadanos como cualquier otro, deben pagar los mismos impuestos que pagamos todos. Lo que la Constitución prohíbe es la fijación impuestos especiales, no impuestos que pagamos todos los ciudadanos.En EEUU se tuvo que hacer una reforma constitucional para que los jueces pagaran impuestos a las ganancias. Aquí va a pasar lo mismo, lo que pasa es que venimos 70 u 80 años atrasados, los jueces deberían pagar ganancias.

¿Y el debate sobre las excarcelaciones y el garantismo?

Los extremos son malos siempre. Es malo el gatillo fácil; es mala la puerta giratoria porque en algún caso estamos propiciando, a lo mejor, la condena de la persona que es inocente o que aún sin serlo no ha tenido el debido proceso que es uno de los derechos esenciales de cualquier personal. Y del otro, estamos protegiendo situaciones abominables, que una persona condenada por violación termina saliendo y por supuesto cuando sale va a seguir haciendo lo mismo que hacía antes. Entonces creo que la verdad no está en ninguno de los extremos. La verdad está primero en garantizar debido proceso, entro de un procedimiento razonablemente lógico en el tiempo. Hay personas que a lo mejor están diez años procesadas y cumpliendo una condena anticipada.Y muchas veces el excesivo garantismo viene por un problema ajeno al código de procedimiento o a los jueces. Tiene que ver con la capacidad de alojar personas. No sé cuál será la situación en Misiones, pero en la provincia de Buenos Aires y en la Capital Federal hay un déficit carcelario brutal. Y muchas veces a como no hay lugar para alojar a tantas personas, se las pone en libertad.

¿Cómo analiza lo ocurrido en Misiones donde fueron liberados violadores condenados, porque apelaron ante la Corte Suprema y no se consideró firme su sentencia?

Bueno, porque a lo mejor habían cumplido el tiempo máximo de prisión preventiva, pero la prisión preventiva está justamente para determinar la peligrosidad de un sujeto y su incapacidad de vivir una vida como la de cualquier ciudadano. Si una persona es altamente peligrosa para la sociedad no puede estar libre, porque es una persona que va a hacer lo que está anticipado que va a hacer.

¿Y de Milagro Sala y su caso que piensa?

No es una pregunta fácil: aparentemente –también conozco el caso por los diarios- ha incurrido en actos de corrupción que son graves y obviamente hay gente que la quiere presentar como una cuestión política.

 

¿Y desde el punto de vista estrictamente jurídico?

Entiendo que los jueces han pensado que una prisión preventiva era necesaria, en la medida que tenía muchos medios de evadir la justicia. La razón de la prisión preventiva es evitar que alguien evada la justicia. Habrán creído que Milagro Sala tiene suficiente capacidad para evadir la justicia y entonces han decidido su prisión preventiva.

¿A dos años del nuevo Código Civil y Comercial, qué trajo de bueno hasta ahora, qué faltó o tuvo alguna consecuencia negativa?.

No sé si ha tenido lo que podríamos llamar una consecuencia negativa, tampoco sé si tiene consecuencias tan positivas.  Es cierto que el Código es un viejo Código del año 1870 pero había tenido muchas actualizaciones. Era un Código que estaba en marcha, no era un código que estaba desactualizado. De modo tal que no estoy tan seguro -aunque no soy un civilista- que fuera necesaria una reforma tan integral del Código Civil, pero me parece que ese debate ya no es el debate ideal, porque el código lo tenemos y hay que ponerlo en marchas y es una norma que está bajo experimento.  Pero, más allá de lo que las leyes dicen, lo que importa es lo que los jueces dicen de lo que las leyes dicen. Y esta es una tarea que se va a hacer de a poquito. Dos años es muy poco para verificar si el código realmente está dando frutos o no. Tiene una serie de innovaciones en materia de familia o de contratos, por ejemplo. La práctica va a permitir saber si la experiencia es buena o no. Pero, insisto, no es tanto lo que diga el código en sí mismo, sino lo que vayan los jueces a decir de lo que dice el Código.

¿Cómo está la que usted llama justicia de todos los días? ¿Estaría peor,  por lo que uno escucha?

No es que esté peor, el poder judicial de por sí es ese poder que va un poco más atrás de todos. El poder legislativo es el que planifica, la vida, el poder ejecutivo es el que la pone en marcha y el poder judicial es el que va muchas veces resolviendo los problemas que crean esas dos instancias anteriores. El poder judicial normalmente mira hacia atrás no mira hacia adelante, mira hacia atrás. Entonces es un poder que, naturalmente, a los ojos de la dinámica del estado parece lento… Debe ir un poco más lento, a  veces va demasiado lento pero no solamente culpa de los jueces, es tal vez, el problema de un procedimiento que no está totalmente atomizado y que favorece muchas veces, discusiones eternas. Hay una cosa que creo que sí es importante que culpa del procedimiento excesivamente escrito, los jueces dirigen poco el procedimiento muchas veces están poco metidos dentro del procedimiento. Entonces las partes van discutiendo y se pasan años discutiendo y juntan una montonera de papeles.

¿Cómo debería hacerse?

El juez debería estar más tiempo involucrado en el procedimiento, decidir cuestiones más rápido y no dejar que el expediente se convierta en una montonera de papeles que cuando llega para resolver se le ha convertido en una montaña impresionante de papel acumulado.

¿Qué comparación observa respecto a los casos que se investigan en Brasil en cuanto a la corrupción?

No conozco el caso brasileño tan de cerca. Creo que la Corte Suprema de Brasil ha tomado unas decisiones muy valientes en este sentido, creo que ha dado muy buenos ejemplos, pero no sé si tengo una medida comparativa para decir que Brasil está mejor que nosotros. Ellos tienen también algunos casos de corrupción fenomenal.

 

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas