Hacienda dispuso censar a los empleados públicos y limitar las incorporaciones

A través de la Decisión Administrativa 12 que firmó junto al Jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, se reglamentó la distribución del Presupuesto 2017. Congela contrataciones de personal.

Como ocurre todos los años, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Hacienda, firmaron la norma que distribuye el Presupuesto del nuevo ejercicio. Pero ahora, en la DA 12, que contiene 7 folios con los criterios adoptados y 3 anexos que en conjunto contienen 5.240 páginas, incluye como novedad la instrumentación de un censo de empleados en el seno del Poder Ejecutivo Nacional al 31 de diciembre de 2016,  con los cargos permanentes y contratados, y las limitaciones para incrementarla.

Recuerda la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública que «según lo previsto por la Ley Nº 27.341 de Presupuesto 2017, los gastos corrientes y de capital para el presente ejercicio fueron fijados en la suma de $2,36 billones, en tanto que el cálculo de recursos corrientes y de capital fue estimado en un total de $1,88 billones, resultando como consecuencia la estimación de un déficit financiero de $480.801 millones», equivalente a 5,3 puntos del PBI.

Pero la norma de marras dispuso que «las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional deberán remitir al Ministerio de Modernización dentro de los próximos 30 días, el detalle de los cargos ocupados correspondientes a sus plantas de personal permanente y temporario existentes al 31 de diciembre de 2016. Con posterioridad se procederá a distribuir los cargos que se encuentren actualmente ocupados y horas de cátedra; el resto, hasta alcanzar el número total de cargos fijados en el Artículo 6° de la Ley Nº 27.341, se reservarán en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Además, la norma estableció que la Secretaría de Empleo Público del Ministerio de Modernización, a cargo de Andrés Ibarra, «previa intervención de la Jefatura de Gabinete de Ministros, podrá modificar la mencionada distribución de cargos».

Mientras que en el artículo noveno dispuso que «las Jurisdicciones y Entidades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional no podrán efectuar contrataciones (…) que superen la cantidad existente al 31 de diciembre de 2016″, aunque la Secretaría de Modernización podrá modificar dicha distribución.

 

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