Caso Iriarte: rechazaron el último recurso y quedó libre el camino para que fijen fecha para el tercer juicio

La causa por el crimen del médico Carlos Iriarte lleva muchos años recorriendo las distintas dependencias del Poder Judicial misionero. Hubo dos juicios, luego anulados y una orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se lleve adelante un tercer debate oral y público. Este año, el Superior Tribunal de Justicia ordenó al Tribunal Penal Dos que tramite ese nuevo proceso. Sin embargo, un recurso presentado por uno de los acusados frenó todo. Ahora se supo que el STJ rechazó el planteo, que buscaba la extinción de la causa por considerarla cosa juzgada. El asesinado del médico auditor del Pami no es cosa juzgada y habrá nuevo juicio ¿cuándo? Probablemente en 2017.
Quien llevó el nuevo planteo ante la corte misionera fue Raúl Victoriano “Sapo” Ponce, a través de su abogado, Mario Sebastián Ramírez. Se trataba de un Recurso de Reposición. Fundamentó su interposición en el principio “non bis in idem” (no ser juzgado dos veces por el mismo hecho); en la prescripción de la acción y en la violación del plazo razonable.
En su dictamen, el procurador general, Miguel Ángel Piñero, consideró que la vía recursiva intentada no era procedente en esta etapa del proceso, abonando con jurisprudencia aplicable al respecto.
Opinó que debía rechazarse el Recurso de Reposición impetrado, y remitirse las actuaciones al Tribunal Penal N° 2 a fin de realizar el debate correspondiente para culminar el proceso.
La primera ministra del STJ en emitir su voto fue María Laura Niveyro. “La Resolución atacada fue dictada conforme las directrices ordenadas en autos por nuestra Corte Suprema de Justicia, que determinó remitir los actuados al Tribunal Penal N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a los fines de que con integrantes que no hayan tenido intervención en la causa, procedan a una nueva citación a juicio a los efectos de la realización del debate que arribe a la debida finalización del proceso.
Ahora bien, en lo que hace a la vía recursiva planteada, tiene dicho inveteradamente la Jurisprudencia Nacional, en relación a la viabilidad de la procedencia del recurso de reposición contra los decisorios dictados en el estadio procesal que tramitan los presentes, que: ‘…Los pronunciamientos de la CNCP no son susceptibles como regla, de revocatoria…” (CNCP., Sala I, L.L., 23/II/2001); ‘… los pronunciamientos dictados por la Cámara de Casación Penal no pueden ser impugnados, 2 EXPTE.Nº 120-STJ-2007.- .- como regla, por la vía del recurso de reposición o incidente de nulidad…”; (Cam. Nac. Pen., Sala III, DJ2003-1,226)”, argumentó.
Y concluyó: “Por lo cual, de lo expuesto, adhiriendo a los criterios reseñados y compartiendo lo dictaminado por el Sr. Procurador General a fs. 3128/3129; considero que, debe rechazarse el Recurso de Reposición impetrado, por no ser procedente en esta instancia procesal, debiendo continuarse con el trámite de la causa según el estado de autos. Así voto”.
Adhirieron a su postura los ministros subrogantes José Pablo Rivero, Francisco Clavelino Aguirre, Amalia Lilia Avendaño, María Luisa Avelli de Lojko, Cecilia Wdoviak de Guirland, Omar Muyal, Ángel Atilio León y Lyda Inés Gallardo.
El expediente volvió entonces al Tribunal Penal Dos para el juicio. El cuerpo deberá conformarse con jueces subrogantes y fijar una fecha para el debate. En 2017, tal vez, haya un nuevo juicio por el crimen del médico.
Además de Ponce, están imputados por el crimen Carlos Alberto “Carretilla” Lezcano, y José Félix “El Rengo” Ríos.

El hecho
iriarte
Iriarte fue asesinado de dos balazos la madrugada del 3 de marzo de 1998 luego de salir del casino que en ese tiempo funcionaba en San Martín y San Lorenzo. Se cree que los homicidas querían robarle el dinero que había ganado esa noche. El homicidio se registró cuando el profesional llegaba a su casa, ubicada en la esquina de Berón de Astrada y Bermúdez.
Siempre estuvieron en la mira de los investigadores unos personajes de la noche que solían merodear el casino: Lezcano (“busca” habitual en la casa de juegos), Ponce (remisero) y Ríos.
El profesional médico fue abordado por dos hombres que sin mediar palabra le efectuaron dos disparos con un revólver calibre 22. Los impactos fueron en el pecho y el otro en la espalda.
En un primer juicio por este caso, el Tribunal Penal 1 condenó a José Félix Ríos por el crimen y absolvió por el beneficio de la duda a Lezcano. Pero la fiscal Liliana Picazo recurrió en casación y el Superior Tribunal de Justicia decidió anular el fallo y ordenar un nuevo juicio oral, tarea que recayó en los jueces del Tribunal 2.
En 2004, los jueces Roque Martín González, José Calvo y Alfredo Escribano condenaron a Ríos, Lezcano y Ponce a prisión perpetua. Entonces empezó el rosario de apelaciones, que llegó hasta la Corte Suprema.
Para la fiscal Liliana Picazo, el autor material fue Lezcano, quien al momento del ataque era acompañado por Ríos. Además consideró que Ponce llegó a los demás el sitio donde emboscaron a Iriarte.
La Corte Suprema se pronunció en consonancia con lo dispuesto por el entonces procurador general adjunto de la Nación, Santiago González Warcalde, quien dictaminó que debía hacerse lugar al agravio de la violación de la garantía constitucional de imparcialidad, y atento a la solución propugnada, tras la apertura de la queja, la declaración de nulidad de todo lo actuado a partir de la citación al segundo juicio.

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