Autoridades del Madre de la Misericordia explicaron la situación de la docente Silvia Pawluszek

A través de un comunicado de prensa los directivos del Instituto Madre de la Misericordia de Posadas informaron la situación de la docente Silvia Pawluszek, quien denunció que la dejaron en la calle tras sufrir un accidente en octubre del año pasado. Desde el Colegio aseguran que se cumplieron todos los plazos legales de acuerdo a la normativa vigente.

 

Lea  a continuación el comunicado enviado a este medio por las autoridades del Colegio Madre de la Misericordia de Posadas:

 

 

COMUNICADO DE PRENSA

En nuestro carácter de responsables del INSTITUTO MADRE DE LA MISERICORDIA, y ante versiones de que una docente de nuestra institución, Sra.  PAWLUSZEK, SILVIA DEL CARMEN, habría sido DESPEDIDA de la Institución, luego de haber sufrido un grave accidente, nos obliga a salir a desmentir esa situación, en base a los siguientes hechos:

La docente PAWLUSZEK, fue docente de la Institución, en dos cargos. Uno como TITULAR y otro en carácter de DOCENTE SUPLENTE. En Octubre de 2015, efectivamente sufrió un accidente de tránsito, lo cual legalmente se encuadra como ACCIDENTE INCULPABLE, es decir sin responsabilidad de la patronal.

Por esa situación, la citada docente usufructuó la licencia que legalmente le corresponde, en ambos cargos, tanto TITULAR como SUPLENTE; que tienen distinto regulación legal y extensión de la licencia.-

Actualmente goza de una licencia por largo tratamiento en su cargo TITULAR, por el cual se le conceden hasta  setecientos  treinta  (730)  días  corridos  de licencia, continuos o discontinuos, con goce íntegro de haberes, y trescientos sesenta y cinco (365) días más con el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración (Art. 44 del Decreto 542/83).-

Por otra parte, como docente en un cargo SUPLENTE, solamente le correspondía hasta  treinta  (30)  días  laborables  por  año  con  goce  de  haberes  después  de CUATRO  (4)  meses  de  antigüedad  en  el  año  y/o  en  dicha  suplencia (Art. 74 inciso b del Drecreto 542). Pero cabe aclarar que dicha situación de revista (suplente) no tiene LICENCIAS DE LARGO TRATAMIENTO como los titulares.-

Ahora bien, en el caso que nos ocupa, la docente por una decisión administrativa de la institución, a pesar de que legalmente NO CORRESPONDÍA…  mantuvo su sueldo de suplente durante el presente año; esta situación fuehasta el 31 de Julio de 2016, cuando se procedió a dar la baja, EXCLUSIVAMENTE en el cargo suplente, conforme expresa taxativamente la norma. Si bien la docente fue llamada muchas veces. NUNCA VINO A NOTIFICARSE, razón por la cual se le remitió una carta documento, insistimos, para la baja del cargo suplente.-

Aquí no hubo ningún tipo de acción deliberada, discriminatoria, abandónica o persecutoria.

Por último, debemos señalar que NINGÚN DERECHO ES ABSOLUTO, sino conforme a las normas que reglamentan su ejercicio. En el caso puntual de esta docente, tenemos que además, desde el 23 de junio de 2016 no presentó los certificados médicos para acreditar su patología, por la licencia en su cargo TITULAR que sí le corresponde. Esta situación fue intimada por escrito. Recién en fecha 08 de Agosto de 2016, presenta un certificado médico por 30 días de licencia.-

Por lo tanto desde el 23 de Junio de 2016 hasta el 08 de Agosto de 2016, técnicamente la docente tiene FALTAS INJUSTIFICADAS.-

Lamentamos mucho la decisión de la docente de hacer pública una situación que no se corresponde con los hechos. La responsabilidad institucional y legal está justificada, y en este caso hemos obrado conforme a la ley y a las obligaciones administrativas que nos corresponden frente a los organismos de contralor.-

 

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