Legislatura misionera: la comisión de Lucha contra la Tortura ya tiene a cuatro de sus seis miembros

La Legislatura provincial aprobó este jueves las postulaciones de Alicia Estela Perucchi, Luis Alberto González, Rubén Fernando Genesini y Rita Vanesa Núñez para integrar la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura que funcionará dentro del ámbito Legislativo y que integrará el Sistema Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, según su nominación.

 

Núñez fue propuesta por el bloque de la Renovación, que tiene mayoría parlamentaria y los tres restantes, por las asociaciones civiles con el dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Constitucionales, de los Derechos Humanos, Municipales y Juicio Político de la Cámara de Representantes. Aún resta la elección de uno de los seis miembros que deben conformar la flamante Comisión de Lucha Contra la Tortura: uno propuesto por primera minoría legislativa, que en este caso la constituye la Unión Cívica Radical que postuló a Francisco Souza y el miembro restante que propondrá el Poder Ejecutivo provincial.

 

De esta manera quedará conformada esta comisión, tal como lo establece la Ley. El jueves por la mañana, la propuesta de la terna correspondiente a las asociaciones civiles obtuvo Dictamen favorable con las mociones de las Asociaciones Civiles: Arte Uno, que nominó a Alicia Estela Perucchi; Salud Comunitaria, a Luis Alberto González, y Mba Apo Mbarete – Trabajo Fuerte, a Rubén Fernando Genesini mientras que el diputado Germán Bordón emitió un Dictamen en Minoría con la terna compuesta por Graciela Franzen y otros dos de los propuestos por la mayoría: Alicia Estela Perucchi y Rubén Fernando Genesini, aunque esta opción no prosperó en el recinto.

 

Tanto en la Comisión como en el recinto, los legisladores destacaron la trayectoria y valores de todos los que fueron postulados para estos cargos, lo que tornó “difícil esta selección”, aseguraron.

 

Con esta elección, la Cámara cumple con los tiempos estipulados por la Ley para integran la Comisión de Lucha contra la Tortura, después de las instancias de audiencia pública e impugnaciones.

 

 

La Comisión contra la tortura

 

La Comisión Provincial de Prevención de la Tortura funcionará en el ámbito de la Cámara de Representantes de Misiones y con jurisdicción en toda la provincia, con el objeto de evaluar y seguir la aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en todos los lugares de detención de jurisdicción provincial.

 

La ley de creación le confiere la facultad de ejercer sus funciones de manera independiente pero también en forma coordinada y articulada como organismo local complementario del que se constituyó en el país como Mecanismo Nacional de Prevención, en cumplimiento de los objetivos e implementación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobados por la Ley Nacional 25.932.

 

Esta Comisión será parte del Sistema Provincial que actúa de manera conjunta con el Consejo Consultivo para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y los demás entes estatales, organizaciones de la sociedad civil interesados en la promoción y vigencia de la aplicación en el cumplimiento de los objetivos del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

 

La Ley de creación de esta Comisión establece que debe orientar sus actividades según los parámetros y estándares establecidos en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y las normas, principios y reglas referidas al trato de las personas privadas de la libertad adoptadas por la Organización de Naciones Unidas (ONU), destacándose el enfoque preventivo holístico.

 

También establece, entre los principios que rigen su actuación, el fortalecimiento del monitoreo, ya que promueve el fortalecimiento de las capacidades de los organismos estatales y no estatales que desempeñan funciones vinculadas con el monitoreo de los lugares de detención y la defensa de los derechos de las personas privadas de su libertad, con énfasis en la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como también propicia la articulación entre todos los integrantes del Sistema Provincial que deben actuar coordinadamente con el objeto de lograr el cumplimiento de la finalidad de esta reglamentación. En ese sentido, ordena trabajar articuladamente con el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y el Consejo Federal de Mecanismos Locales para la Prevención de la Tortura.

 

En cuanto a la cooperación, señala que las autoridades públicas competentes deben fomentar el desarrollo de instancias de diálogo y cooperación con la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y también de esta ley, pero a la vez le otorga independencia funcional y establece obligaciones, como la confidencialidad, imparcialidad, no selectividad, universalidad y objetividad, tal como expresa.

 

 

Vea también:

Misiones tendrá la primera escuela de robótica del país

Passalacqua recibió a directivos de Hewlett Packard Argentina

Capacitaron a docentes en el uso de las tecnologías educativas para la integración e inclusión

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas