Alcohol al volante: la Fiscalía pidió que Rocío Santa Cruz vaya a juicio por «homicidio culposo»

La fiscal de Instrucción María Laura Álvarez pidió que elevaran a juicio la causa por homicidio culposo iniciada contra la ex miss Argentina y abogada Rocío Santa Cruz, quien atropelló y mató al inspector de tránsito municipal Ramón «Topo» Cabrera en la madrugada del 31 de enero.

En apenas seis meses culminó la etapa de instrucción -hay otros casos similares que tienen mucho más tiempo- y Santa Cruz enfrentará los cargos de homicidio culposo, conducción negligente con intoxicación por alcohol -está comprobado que tenía 1,45 de alcohol en sangre-, no guardar la distancia reglamentaria con otro vehículo y conducir a exceso de velocidad, ya que iba por lo menos a 68 kilómetros por hora, cuando la máxima es de 60 kilómetros, lo que le impidió ver la moto de Cabrera y atropellarlo desde atrás.

La causa será ventilada en el Juzgado Correccional y de Menores 1, a cargo de Marcela Leiva e intervendrá  la misma fiscal Álvarez, quien ya anticipó que en casos donde hay alcohol, no acepta juicios abreviados.

Si la ex Miss es encontrada culpable y recibe una pena mayor de tres años, deberá cumplir la condena en la cárcel.

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Hace unos días, la imputada pidió que le levanten la prohibición de salir del país, pero Álvarez se opuso terminantemente.

Ahora, el expediente volverá al juzgado de Instrucción Seis, a cargo de Ricardo Balor, quien deberá completar los trámites para elevar la causa a la instancia de debate. La defensa de la joven puede oponerse al requerimiento de la Fiscalía. Si eso ocurre, deberá intervenir la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores.

El 31 de enero pasado, la abogada y ex modelo Rocío Santa Cruz atropelló y mató al empleado municipal Ramón Cabrera en Quaranta y 115. Venía de una despedida de soltera que había durado hasta la madrugada.

Luego del choque, ella abandonó el lugar y recién horas después se presentó ante la Policía.

Cabrera se movilizaba en una motocicleta Lanch de 110 cilindradas. Fue embestido cerca de las 6.

Las pericias accidentológicas indicaron que la mujer conducía a una velocidad levemente superior a la que correspondía en esa zona de la ruta nacional 12 y que no respetó la distancia de circulación establecida entre vehículo y vehículo, por eso no pudo evitar el impacto con la moto que conducía Cabrera.

Qué dice el Código Penal acerca del homicidio culposo:

«ARTICULO 84. – Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte.

El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor».

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