Requieren a la CEEL que reintegre el dinero indebidamente cobrado en el mes de febrero

La concejal Lilian Chamorro presentó un Proyecto donde se le requiere a la Cooperativa de Electricidad de Eldorado Limitada, que reintegre a los socios el monto facturado de más. Alega que durante en enero de 2016 todavía estaba vigente el subsidio a la energía dispuesto por el gobierno nacional, por lo que esos kilowats deberían haber sido facturados contemplando dicho subsidio y no con incrementos.

El proyecto destaca que el sistema de facturación de la CEEL, debe realizar las mediciones de consumo a mediados de mes, por lo que la factura del mes de febrero corresponde a los kilowats consumidos desde mediados de enero a mediados de febrero.

Durante el mes de enero de 2016 todavía estaba vigente el subsidio a la energía dispuesto por el gobierno nacional, por lo que esos kilowats deberían haber sido facturados contemplando dicho subsidio.

Sin embargo, explica el proyecto, la Cooperativa de Electricidad de Eldorado Limitada (CEEL) facturó todo el período como si ningún consumo estuviera subsidiado. Así, se apropió indebidamente de dinero de los socios que debería ser reintegrado a los mismos. Pasados ya dos períodos de facturación  ­– marzo y abril – el Consejo de Administración no procedió al reintegro, ni informó acerca de cómo lo hará.

El proyecto destaca la competencia del Concejo Deliberante para solicitar dicho reintegro al recordar lo establecido en la Carta Orgánica municipal que expresa  en el Capítulo VI Deberes Municipales, en el Artículo 19 establece que: cada derecho enumerado conlleva al respectivo deber municipal en su instrumentación y materialización. Sin perjuicio de aquellos enumerados para cada órgano de gobierno, en especial el municipio reconoce como deberes que lo son propios:

Inciso A):  Asegurar la correcta prestación de los servicios públicos.

Inciso  C):  Realizar los controles bromatológicos y técnicos de todos los bienes y servicios que se introduzcan, fabriquen, distribuyan o presten en el ámbito Municipal en defensa de consumidores y usuarios; y en el en su Artículo Nº 41 establece las atribuciones y deberes del Concejo Deliberante y en su Inciso 20: “Fijar las tarifas de los servicios públicos”

En su parte resolutiva el proyecto manifiesta:

ARTICULO Nº 1: REQUERIR al Consejo de Administración de la CEEL a reintegrar el monto facturado indebidamente en el consumo del mes de enero facturado en el mes de febrero a los socios de dicha entidad cooperativa.

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